miércoles, 27 de octubre de 2010

Sobre la sentencia que reconoce derechos laborales a las prostitutas

Con ocasión del ingreso del amigo Gonzalo Ramírez Cleves titulado “Reconocimiento de derechos laborales a trabajadora sexual. Sentencia T- 629 de 2010.”, he querido realizar algunos comentarios que he considerado problemáticos (o quizá emblemáticos) de la mencionada sentencia.

Tema 1:  Concepto individualista de licitud

El caso, sin duda podría constituir aquello que los teóricos denominan ‘casos difíciles’.  Por ello, resulta interesante observar el método al que recurrió la Corte Constitucional para resolver el caso.  En efecto, la Corte encontró que hay dos fenómenos importantes que debía evaluar para efectos de decidir el caso.  En primer lugar, realizó un análisis de licitud (discriminar entre lo que es jurídicamente permitido hacer y lo que es jurídicamente prohibido).  Por supuesto, un análisis de licitud o ilicitud no es novedoso en ningún sistema jurídico, y mucho menos en el caso colombiano.

Sin embargo, resulta altamente interesante verificar el punto de partida de la Corte.  Si se lee entre líneas, se observa que la conclusión del máximo tribunal en materia constitucional parte de un análisis de licitud a partir del individuo, contrario a lo que ocurre por regla general, donde la conducta lícita o ilícita es aquella que se ajusta o no a las normas de orden público.  Hay que ver de qué manera la Corte parte de la igualdad, la libertad y la dignidad humana para observar que al no estar expresamente prohibida la prostitución por una norma imperativa, se ha de proteger la actividad de negociación de sexo como si fuese una actividad lícita.  Esto rompe lo que usualmente se ha sostenido en esta materia, en donde los conceptos de objeto ilícito y causa ilícita llevaban a pensar que la negociación de servicios sexuales no podía ser protegido por la ley.


Imagen tomada de: www.birminghammail.net 

Si se observa con cuidado, pareciera que la Corte realizara un juicio de licitud con fundamento en el hecho de que la conducta sea punible o no.  Por supuesto, el juicio no es tan sencillo como a lo que aquí se pretende reducir.  Sin embargo, existe un importante desarrollo argumentativo basado en la regulación de policía de esta actividad.  Obsérvese entonces, que la cuestión se reduce a que si la actividad de la prostitución es tolerada, será lícita, y al ser lícita, es posible que se pueda ejercer un contrato laboral en el que se desarrolle esta actividad.

La pregunta de fondo hubiera sido: toda actividad que se considera nociva pero que es jurídicamente tolerada se considera per se lícita?  ¿Si yo quisiere abrir un establecimiento para que las personas que cuentan con dosis personal de estupefacientes puedan consumirlos en ella, la actividad sería lícita porque el uso de la dosis personal es tolerada?  El tema daría para plantear el interrogante de manera un poco más directa de lo que lo hizo la Corte.  Para el estudiante de derecho podría resultar bastante complicado diferenciar en esta sentencia el concepto de ilegalidad, ilicitud y delito.  En ese sentido, realmente no estoy de acuerdo con la cantidad de elementos que aborda la Corte sin dejar mucha claridad frente al tema.


Tema 2:  Citar cien mil fuentes no siempre es lo mejor

Este tema lo he criticado desde que era estudiante y me correspondía estudiar las sentencias ‘emblemáticas’ de la Corte Constitucional.  Pareciera que la Corte creyera que el hecho de referenciar más fuentes hace que el contenido sea mejor.  Ese preconcepto, sin embargo, no es exclusivo de la Corte Constitucional.  En la actualidad muchos libros se escriben en los que realmente es poco lo que se escribe.  Por mi parte, encuentro que muchos de los libros de algunas editoriales (me atrevo a mencionar Leyer por ser la que más casos conozco) parecen realmente un compendio de otros textos.  Un párrafo del autor y 3 de citas.  Claro, al final del recorrido, se ha recorrido un libro de 200 páginas que contiene 600 citas.  ¿Eso es lo más deseable?  Quizás si lo que nos interesaba era conocer el tratamiento del autor para ciertos temas, no sea tan útil.  Pero quizás para buscar compendio de otras opiniones, sea óptimo.

Una de las cosas que realmente me agradaron de la sentencia fue que pude realizar un repaso histórico al tratamiento de principios y derechos como la igualdad, la dignidad humana y la libertad, aunque muchas de las explicaciones no tuvieran relación directa con el caso.

Por supuesto, para conocer cómo se maneja la protitución en Nueva Zelanda, esta sentencia instruye mucho, y otro tanto para analizar el tema desde el derecho internacional.  Sin embargo, no estoy de acuerdo en que todas estas menciones fueran realmente relevantes o siquiera útiles para entender el problema concreto, o siquiera para resolverlo.  En ocasiones, soy de la creencia que la Corte Constitucional se pasa de narcisista y le gusta dar a conocer al mundo que son conocedores de lo divino y lo humano.  Es bueno saber que tenemos Magistrados que conocen de lo divino y de lo humano.  Sin embargo, es mejor tener a Magistrados que no conozcan tanto, pero que argumenten jurídicamente con solidez y que puedan defender un punto con coherencia lógico-jurídica.

La sentencia cuenta con doscientas notas a pie de página.  No todas ellas son referencias bibliográficas, o citas de jurisprudencia, pero sí dennota que mucho de lo dicho, no fue dicho allí.  Creo que para tanto marco teórico, realmente la Corte Constitucional se centró en 3 temas centrales para adoptar la decisión que consta en la parte resolutiva de la sentencia.  Por lo demás, insisto, se trató de un ejercicio de narcisismo intelectual.  Este tema lo he criticado desde que era estudiante y me correspondía estudiar las sentencias ‘emblemáticas’ de la Corte Constitucional.  Pareciera que la Corte creyera que un tratado por sentencia hace que el resultado sea necesariamente mejor.


Tema 3:  El derecho viviente

No puedo dejar pasar por alto el tema contenido en el párrafo 150 de la sentencia, en donde se hace referencia al ‘derecho viviente’.  Lamentablemente solo existe una referencia exacta a este concepto.  Me hubiera gustado saber a qué se refería la Corporación cuando incluye en una de sus sentencias referencias al derecho viviente.  Podría especularse sobre las teorías jurídicas que buscan ver en la Constitución un texto vivo que no se reduce únicamente a lo que allí aparece consignado, sino que muta, cambia y se adapta, como un ser viviente.  Sería interesante saber si era en eso lo que pensaban los Magistrados al permitir que el término quedara consignado.

¿Será que por derecho viviente quisieron hacer referencia al derecho vigente?  La verdad no creo que sea fácil descifrar la respuesta cuando de un texto tan voluminoso se cuenta con una única referencia, y se encuentra en un contexto tan poco claro como en el que se halla ubicada.

Dejo planteado el interrogante para saber si alguien conoce el significado real del término.


Tema 4:  La valoración de las pruebas

Hace muchísimo tiempo que no veía una valoración de prueba que se mostrara tan seria y concienzuda como la que se ve esta sentencia.  Es perfectamente posible que el lector no comparta algunas de las conclusiones a las que llega la Corte Constitucional al momento de valorar las pruebas.  Sin embargo, vale la pena resaltar que en virtud de la iniciativa en materia probatoria, parece que la Corte sí se dedicó a querer encontrar la verdad material, por encima de la verdad procesal que antes existía.  Para ello, conviene revisar las pruebas que ordena la Corte practicar en sede de revisión, e invito también a que revisen la parte final de la sentencia donde se analizan las pruebas que obran en el expediente.

Deberían algunos de los despachos judiciales del país a diferente nivel (civil, penal, laboral, contencioso administrativo) tomar este ejercicio en cuenta para recordar que ellos no son unos repetidores de sentencias, sino unos valoradores de una realidad fáctica y unos traductores del ordenamiento jurídico para un caso concreto.  Para poder traducir, por supuesto, se requiere saber qué es lo que se va a traducir.  No se trata de acomodar la norma al hecho, sino encontrar la norma aplicable para el hecho demostrado.  Por tanto, el primer paso siempre será valorar las pruebas mediante una actividad argumentativa.

Muy bien por la Corte, y de manera especial, al Magistrado ponente.
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sábado, 23 de octubre de 2010

El pájaro en la red de los pajaritos

Durante mucho tiempo he intentado evitar el fenómeno Twitter por considerar que realmente no aporta mucho y que realmente carece de utilidad.  Hace pocos días me he inaugurado en esa red social, con la cual cierro el ciclo de “Gaviota social”.  Mi usuario, para quienes estén interesados en seguirme o en ver a quién sigo, es @Gaviotajuridica.  Tras algunos días de revisar la red en la medida de mis posibilidades, encontré que efectivamente Twitter no me aporta mucho, pero sí es lo suficientemente interesante como para quitar una buena porción de tiempo.

No es lo mismo que la prensa nacional reporte el cruce de dardos entre Petro y Uribe de vez en cuando, que verlo en tiempo real, y con la elección de palabras que hace cada uno de los involucrados.  También he podido ver que hay una serie de usuarios que en principio no generan mayor interés para ser seguidos, que se dedican a publicar comentarios curiosos sobre múltiples temas.  Estoy intentando detectar este nicho de twitteros, porque son los que más me interesan.

Por el momento, no he llegado a detectar a los usuarios que me van a tener enterado de todo antes de que lleguen las noticias por la prensa.  Seguiré buscando por ahí, porque según la información que hubiera recibido de Alejandro Delgado y otros compañeros mucho más versátiles en esa red que yo, esa es una de las grandes ventajas que tiene Twitter.  No lo descarto, pero por ahora no lo declaro como tema ‘comprobado’ en mi agenda.

La gran duda que me queda luego de iniciar en el uso de esta red social es: ¿Dónde están todas esas aplicaciones, gadgets y demás cosas que he leído en las páginas de Rosa, Gema, Pizcos y Jmiur?  Al parecer me quedé en la versión Alpha y no en la Beta, porque nada de eso lo he visto.  Creo que me va a tocar iniciar nuevamente a través del tutorial de ‘nuevones’, como ha sido el caso en otros escenarios virtuales.

Bueno, lejos de creer hace dos años y medio que fuera así, he podido constatar que definitivamente soy una “Gaviota social” o un zoon politikon en sentido literal y figurativo.  Para quienes deseen vitualmente mantener contacto conmigo, recuerden:

Twitter:  @Gaviotajuridica
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domingo, 17 de octubre de 2010

A vuelo de Gaviota – Ed. 3

A.  Ya llega el libro de Blawgs

Luego de un trabajo intenso desarrollado con posterioridad al encuentro de blawggers celebrado en Agosto de 2009, y tras la recopilación de unos trabajos adicionales para enriquecer la obra, el amigo Gonzalo Ramírez Cleves, editor del libro, nos anuncia que ya la publicación de “Los blogs jurídicos y la web 2.0 para la difusión y la enseñanza del derecho” se encuentra próxima a ser publicada.

Felicitaciones a él, al equipo de publicaciones de la Universidad Externado, y a quienes activamente colaboraron en esta gestión.  ‘Pico’ para todos ellos.


B.  ¿Y las próximas reuniones?

Desde agosto del año pasado se ha venido especulando sobre la continuidad del encuentro celebrado en el 2009.  Ya para 2010 no se dio la cosa.  Hemos recibido propuestas de varios colegas blawggers sobre próximos eventos en diferentes partes del mundo.  Se ha contemplado Chile, Brasil, y también la repetición en Bogotá, aunque bajo modalidades de formato disímiles.

A la fecha, mucho se ha hablado, pero realmente no hay nada concreto respecto de este tema.  Por el momento, el amigo Francisco Bermúdez Guerra y yo nos encontramos realizando una de tantas gestiones que se prometieron, para ver si el asunto se consolida y podemos ofrecer un encuentro serio para la comunidad de blawggers.

‘Picotazo’ para todos, incluyéndome.


C.  Y seguimos escribiendo sobre lo que dice Uribe

Sorprendido ante tanto seguimiento a todo lo que dice, no dice y/o podría decir Álvaro Uribe.  Pareciera que este país no tuviera nada más en qué pensar sino en los movimientos del expresidente.  Este pueblo paparazzi sigue enfrascado en el significado de sus palabras, siempre enigmáticas y crípticas.  Me sorprende aún más que los abogados le hagamos esa ‘marcación 1 a 1’ a Uribe.  Pareciera como si la suerte jurídica de Uribe y la de los suyos se definiera a través de comunicados de prensa.

¿Por qué no pensar y desgastar la mente en cuestiones algo más relevantes para el propio país?


D.  Sobre el crecimiento de la comunidad de Blawggers

Recientemente se ha informado a los miembros de la comunidad de blawggers acerca de la inclusión de nuevos espacios de blawggers en la red.  He tenido la oportunidad de revisar y suscribirme vía RSS a algunos de estos espacios, y me encuentro gratamente sorprendido ante la calidad de contenido que he encontrado.  Adicionalmente, me resulta interesante observar cómo los estudiantes de derecho están adquiriendo una participación importante en este mundo.  Es bueno saber que hay personas de diferentes edades, naciones e ideologías que quieren compartir sus conceptos, opiniones y criterios con el mundo.

El lado negativo que observo es que no parece existir mucho ánimo integrador entre los miembros, y quizás las amistades que se han presentado entre los miembros tal vez viene de años atrás.  Parte de la comunidad implica integrarse unos con otros, y lastimosamente, veo que esto no está ocurriendo.  No creo que la plataforma de Blawggers Internacionales sea un escenario de promoción o publicidad propia y nada más.


E.  Reflexión estilo Gaturro


Imagen tomada de:  http://tareafina.blogspot.com


F.  La visión institucional de la justicia

Cada vez que me entero de los nombramientos fracasados en materia de Fiscalía, Presidencia de la Corte Suprema, así como de los nefastos nombramientos en otras importantes plazas relacionadas directamente con la justicia, me pongo a pensar qué será lo que están pensando estos individuos cuando actúan como actúan.

Los abogados, dese que iniciamos nuestros estudios, aprendemos acerca del funcionamiento del Estado, sobre las instituciones, el propósito de algunas de ellas, y sobre la importancia del respeto por las instituciones.  Cuando escucho las excusas patéticas que esgrimen los nominadores sobre su falta de consenso, voluntad política o como quieran llamarlo, encuentro que realmente existe una falta de respeto generalizada por las instituciones.

En ocasiones se privilegia el procedimiento nominador como mecanismo de excusa frente a un deber institucional que es mantener el orden a nivel del funcionamiento del Estado.  En otras ocasiones se hace referencia a ponderaciones que nunca se explican, o se hace referencia a factores externos para desconocer lo esencial.  Es triste ver que los abogados que aprender sobre el respeto por las instituciones sean quienes más flagrantemente las irrespeten.
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viernes, 15 de octubre de 2010

Blog Action Day 2010 – La deuda de la justicia con el agua

El abogado está formado para tratar problemas que se presentan en sociedad.  Como parte de su formación, se le enseña la manera como debe litigar para efectos de dirimir las pretensiones de un individuo frente a las de otro.  En ese sentido, el andamiaje del derecho está diseñado de manera específica para concebir el mundo al servicio del hombre, y no concebir al hombre como parte del mundo.

Precisamente en ese sentido es que la comunidad internacional ha venido realizando esfuerzos de manera importante para que el ser humano cada vez carezca de menos, y pueda acceder a más bienes y servicios, de manera igualitaria.  En los últimos tiempos el mecanismo que se suele utilizar es el de los derechos humanos.  El alcance que se le ha dado a los derechos fundamentales y derechos económicos y sociales como formas de una gran categoría que llamamos derechos humanos nos lleva a querer garantizarle a las personas algo.

Gran auge ha tenido en los últimos tiempos el tema del agua.  El mundo no tiene agua.  Mejor: El hombre no tiene agua dulce para consumir.  ¿Cómo es posible esto?  Es sencillo.  Las fuentes de agua han estado dominadas por algunos países, y dentro de esos países, por algunas personas o estamentos.  Lamentablemente hay lugares como África en donde conseguir agua es verdaderamente un padecimiento.  De hecho, previo a escribir esta nota, recibí un correo con datos relacionados con el tema del agua, y realmente es alarmante saber que mientras el norteamericano promedio gasta alrededor de 15 veces más cantidad de agua en su día a día que el resto de personas de países en desarrollo, en África las mujeres y niños caminan un tiempo combinado (si se suma lo que cada uno de ellos camina) de 109 millones de horas únicamente para efectos de conseguir acceso al agua.


Imagen tomada de:  www.mynewsletterbuilder.com 

Si fuese a tratar esos temas aquí, probablemente habría de recurrir al ejemplo de los romanos, quienes siempre fueron conscientes de la importancia del agua y no escatimaban esfuerzos por construir grandes acueductos que permitieron abastecer a las ciudades del preciado líquido.  Sería importante destacar de qué manera influye la hidratación de las personas en su desarrollo intelectual, y cómo el agua es el fundamento de cualquier concepto de aseo que se tenga.

Sin embargo, no son esos la clase de temas que ocupan este espacio.  Probablemente esos serían puntos de vista que asumirían los colegas blawggers Ricardo Arrieta o Gonzalo Ramírez.   Yo por mi parte considero los dilemas que actualmente se manejan frente a los derechos humanos, el agua y las garantías de acceso son la parte del cuadro que menos me interesa.

Esa visión parte precisamente de una visión del mundo según la cual: “yo uso, yo bebo, yo vivo”.  Me gusta más cuando lo veo desde la óptica: “el agua me quita la sed, el agua calma la fiebre, el agua me mantiene limpio”.  En el primer caso veo al bien con un valor extrínseco que lo torna irrelevante frente a mi vida misma.  En el segundo caso, le doy un valor intrínseco al bien, y por tanto realmente valoro la cosa.  Para que se entienda la diferencia que quiero plantear, supongan la existencia de un perro.  ¿Qué valor puede tener un perro para nosotros?  Probablemente se pondrían de acuerdo en señalar que el mercado señala un valor aproximado y sobre esa base puede ser un poco más o un poco menos.  Sin embargo, si le preguntara a las personas que poseen perros de mascotas (y sobre todo aquellos que las tratan casi como a un miembro más de la familia) que le den un valor a esa mascota, la respuesta sería totalmente diferente.

Qué ha cambiado entre uno y otro escenario, nada salvo el punto de vista.  Bien dicen los economistas que el valor de las cosas que se encuentran en el mercado es asignado por las personas, y varía dependiendo de las leyes de oferta y mercado.  En todo caso, estarán de acuerdo ellos en que el importante establecer qué tanto necesito algo para asignarle un valor.

Eso me lleva a pensar, entonces, que las personas realmente no tienen ninguna clase de afecto por aquello que los rodea.  Si miramos con detenimiento, son pocas las religiones (dominantes en el mundo) que propenden por el equilibrio entre el hombre y su entorno.  La judía y cristiana (en sus diferentes vertientes) que deriva de la primera, sitúa al hombre como cabeza de todo, y capaz de disponer de todo.  Hasta ahí, el asunto pasa por la soberbia y la egolatría, pero nada más.  Sin embargo, el mayor problema es cuando esa soberbia y egolatría se multiplica por el número de habitantes (humanos) que hay en el mundo.  Ahí sí hay un problema.

Tanta egolatría y soberbia hay, que jurídicamente el asunto se ha planteado como un tema de derechos humanos, como si las plantas, los animales, los insectos y los hongos no tuvieran derecho a acceder al agua.  Incluso, desligándonos un poco del tema propio de los derechos humanos, si se revisan los conceptos básicos en materia de derecho civil, y particularmente en el tema del derecho de bienes, encontramos que los derechos son personales o reales, y en ambos casos, el protagonista es el hombre como individuo.  Una persona frente a otra (derechos personales) o una persona respecto de una cosa (derechos reales).  En cualquier caso, la persona está en un pedestal.  Nació para ser amo y señor de todo.  Como todo administrador que piensa únicamente en su provecho propio, el modelo está destinado a fracasar.  El mundo se acaba, y nosotros seguimos con ansias desesperadas por acaparar.

Ese modelo del mundo para los humanos no interesa a este espacio.  Me resulta más interesante cuando el hombre es capaz de abstraerse de sí mismo para saber que no es el único ser sobre el planeta, y que como tal, el agua no es algo de su propiedad exclusiva y provecho exclusivo.  Me interesa más saber por qué hay personas que extraen agua de los polos como si los polos fueran suyos y como si el agua que allí hubiera también.  Me desvela preguntarme a diario cómo es que todavía funcionan sistemas de evacuación de residuos que llegan a quebradas y ríos (fuentes de agua dulce).  Me deja estupefacto saber que ante una situación crítica (visto desde el punto de vista de los humanistas jurídicos o de otros menos humanistas como yo) en materia de agua, la justicia no sanciona a quien contamina, sino a quien contamina ‘demasiado’.

Cuando me refiero a justicia, no me refiero aquí a los jueces.  Para mí, ese símil perdió sentido hace mucho tiempo.  Justicia lo trato como el valor y servicio que existe en desarrollo del Estado y que tiende a garantizar la estabilidad del orden establecido.  Cualquiera pensaría que sería lógico que ante un problema de carácter mundial que incluso va más allá de la raza humana y que trasciende las fronteras, la humanidad se comportaría con la suficiente seriedad como para entender que no es viable proteger las fuentes de agua.

Ya muchos han vaticinado que las próximas guerras serán por agua, y probablemente tienen razón.   Para proteger mil millones de galones de agua, probablemente contaminaremos más otros 3 mil millones.  Esa es la lógica humana.  Sin embargo, el derecho, aquel instrumento que ha sido destinado para ayudar a solucionar los problemas, lo ve venir, lo está viviendo, y aún no sirve de nada.

¿Y por qué no sirve de nada?  ¿Es que acaso todo el mundo es tan insensato para no pretender el agua?  No.  Precisamente una iniciativa como la de Blog Action Day demuestra que hay muchos que estamos preocupados por el tema.  Sin embargo, preocuparse no es suficiente.   “Yo me preocupo pero tú lo solucionas” es una política tan inviable como la de seguir procreando a tasas ascendentes, cuando no hay espacio para dar techo y alimento a tantas personas.  Y por supuesto, agua tampoco.  La solución del agua no está en sancionar a quien contamina.  Eso es tan ilógico como creer que los problemas de una sociedad se solucionan a partir del derecho penal.

La justicia mundial debería realmente revisar cuales son los componentes que rodean el uso, la renovación y la malversación de fuentes hídricas.  ¿Quién consume? ¿Cuánto consume?,  ¿Por qué?, son preguntas que deben responderse para poder buscar soluciones sensatas sobre estos asuntos.  No podemos pretender sancionar a personas individuales cuando es la cultura humana la que está fallando.  Sería bueno que ante nuestro próximo ataque de sed que refresquemos con un vaso de agua, pensemos en cómo nos sentiríamos si supiéramos que en unos pocos años contaremos con océanos enteros llenos del líquido, ríos que fluyen llenos de él, pero ni una sola gota con posibilidad de ser consumida.  Luego, pensemos en cuantas veces pudimos hacer algo al respecto pero esperamos que nuestros queridos mandatarios lo hicieran.  ¿Será que ellos también se encargarán de traernos el agua que necesitaremos el día de mañana?

A mis colegas abogados, sean jueces, profesores o litigantes, una reflexión:  Si no son estos problemas críticos los que debe enfrentar el derecho y la justicia con decisión, entonces ¿en qué estamos?
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sábado, 9 de octubre de 2010

Por qué se es como se es

Cuando era niño tuve la fortuna de contar con varios amigos y primos con los que podía jugar.  En ese entonces, muchas de las diversiones de los jóvenes de ahora no existían.  Ni siquiera había internet, por lo menos aquí en Colombia.  Tuve la oportunidad de jugar a los superhéroes, escondidas, ponchados, y otra serie de juegos que me fascinaban.  Ojalá hubiese podido jugar más.

Sin embargo, ningún juego ni ningún juguete de los que tuve me marcó tanto como Rafael.  Sí, me refiero a la tortuga ninja que llevaba el nombre del gran artista del renacimiento.  Recuerdo que el primer juguete de las tortugas ninja que tuve fue ese, y también sé de qué manera me ha marcado desde el punto de vista psicológico.  Éramos 4 los amigos a los que nos regalaron los juguetes, y a cada uno le correspondió una tortuga diferente.  Lo que más impresionado me tiene es que la personalidad de cada uno de nosotros era bastante parecida (en ese entonces) al de la respectiva tortuga ninja.  Podríamos concluir, entonces, que la pequeña gaviota actuaba como la tortuga de pañoleta roja, o viceversa.


Imagen tomada de:  www.thecinemasource.com 

Traigo a colación mi tortuguita, porque sin duda son esa clase de cosas las que forjan la forma de ser de una persona.  Hay cosas que pueden decir mucho de una persona, como su frase favorita, el personaje de televisión que más le gusta, o como mi caso, su juguete favorito.  Desde hace mucho me he preguntado por qué se actúa como se actúa, y también por qué existe una divergencia entre lo que uno es y lo que uno cree que es.  A la fecha no he encontrado ninguna respuesta satisfactoria a la segunda inquietud.  Respecto de la primera, me he aventurado a averiguarlo, y en la actualidad considero que son pequeñas circunstancias de la vida las que marcan el carácter.  En mi caso, el contar con el juguete de Rafael fue determinante, independientemente de que no hay optado por el ninjitsu  Sin embargo, la gente es como es, porque hay eventos en la vida en que lo marcan.  En mi caso, Rafael me marcó por múltiples razones.  Quizás habrá sido el color, quizás fue la trascendencia que tuvo la serie animada.  Verdaderamente no lo sé.

Como el caso de mi amigo verde, hay otra serie de episodios que ocurrieron en diferentes momentos de la vida que fueron dejando huella.  Está aquella persona con la que se compartió tanto y que ya no está, pero que dejó uno o dos recuerdos imborrables.  Está aquella clase recibida respecto de la que no se tenía mayor expectativa pero en la que escuchamos aquella frase que no olvidamos.  Habría que incluir también aquel evento en nuestro desarrollo profesional que (bueno o malo) nos quedó una enseñanza que ponemos en práctica a menudo.

Quizás es este último punto el que hoy me motiva a escribir estas notas.  Algún día, teniendo una conversación interna con mi alter ego, recordamos aquello que lo llevó a convertirse en abogado.  Me recordó un episodio ocurrido hace un poco menos de 20 años, que lo llevó a cambiar de norte.  Precisamente fue un caso cercano en el que el derecho, utilizado como instrumento de conflicto y de lesión y no como un instrumento de justicia, aquello que lo llevó a estudiar derecho.  Se juró a sí mismo que una situación no ocurriría, y gracias a Dios, dice él, hasta el momento no se ha dado algo así.

Por supuesto, es importante aclarar que el derecho y la justicia no son lo mismo.  Tampoco es cierto que ser abogado implica ser alguien bueno (como muchos colegas creen) ni tampoco que se es alguien malo, como muchos ciudadanos no abogados suelen pensar.  Me gusta pensar que el ser abogado simplemente ubica a mi alter ego en un ámbito o en una dimensión, pero nada más.  El criterio valorativo acerca de lo bueno o lo malo que se pueda ser depende de las acciones que se hagan.

Quizás por ello me generan fascinación los juegos de rol, sean en videojuegos o en la vida real (he tenido la oportunidad de jugar ambas clases de juegos).  Para quienes no estén familiarizados con este asunto, se trata de crear a un personaje con ciertas características que entrarán a determinar su personalidad, sus fortalezas y sus debilidades.  En esencia, el juego inicia con un cascarón de personaje, y con una serie de atributos que debe uno explotar a lo largo del juego de la mejor manera posible.  En esencia, en los juegos de rol ocurre como en la vida, en donde el personaje debe enfrentar una serie de situaciones

En estos juegos, como en la vida real, es posible actuar de múltiples maneras ante una situación.  No existe una única manera buena o mala de actuar.  La única regla es que se debe actuar de conformidad con las características del personaje.  Al mago no le quedará nada fácil enfrentar por la fuerza a un enemigo.  Podrá intentarlo, pero el ‘dungeon master’, o la consola de videojuego lo tornará esa empresa en algo sumamente difícil.  Finalmente, serán los dados los que decidan.  Cada prueba generará un trasfondo histórico para el jugador y éste ganará más o menos experiencia a medida que avance, dependiendo de las elecciones tomadas y los dados obtenidos.

En la vida, quisiera poder contar con dados para ayudar en las difíciles decisiones que se toman, y para poder evitar aquellos reveses que en ocasiones pretenden dejarnos tumbados en la lona en un knock out técnico.  Sin embargo, considero que las buenas y las malas experiencias son las que determinan un estilo de vivir con y por el derecho.  Cada uno de nosotros (los abogados) experimenta el derecho de una manera singular y esa individualidad es la que hace que el derecho, así como nosotros, sea dinámico.  Por supuesto, ante una misma batalla, podré actuar como lo haría Leonardo, o Donatello, o incluso como si fuese Miguel Angel.  Sin embargo, para quien vive y actúa como Rafael, es probable que sea como él como quien deba actuar.  De lo contrario, podríamos salir mejor o peor librados, pero seríamos unos farsantes.

Cuando me enfrento a estas disyuntivas e intento poner en orden aquellas ideas que constituyen derroteros para mi vida (así como la de mi alter ego), como abogado, recuerdo la anécdota que me fuera relatada por un profesor a quien profeso profundo respeto y admiración, y a quien además le profeso una gran amistad.  En una de aquellas jornadas universitarias largas y tediosas, aquellas aromatizadas por el aroma del café y el cigarrillo, selló su intervención con la frase de el gran jurista: “nunca se podrá ser lo suficientemente severo con los caballos mordelones”.

En efecto, la historia de Calamandrei y los caballos mordelones se remonta a un caso en el que tuvo que fallar el gran abogado, debido a hechos relacionados con l mordedura que le había propinado un caballo a una persona.  El perjudicado demandó y exigía la correspondiente indemnización.  En ese entonces, Calamandrei contaba con una anécdota parecida a la del caso que se le había puesto de presente.  Una persona allegada a él había también sufrido una mordedura de caballo.  Por supuesto, era fácil identificarse con la víctimca.  En consecuencia, su sentencia fue severa e implacable.  Al ser preguntado sobre la, quizás, excesiva severidad de su fallo, Calamandrei respondió con la frase que ya he citado atrás, y que aquí repito:  “Nunca se podrá ser lo suficientemente severo con los caballos mordelones”.

¿Hemos identificado aquellos caballos mordelones que nos marcan y nos hacen ser quienes somos?  Por mi parte, la tarea aún no ha concluido.  Acompañado por Rafael, sin embargo, no me cabe duda que hallaremos la respuesta juntos.
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