jueves, 5 de abril de 2012

Alazos Ed. 011

Entrevista a Juan Carlos Gaviria

Leo con mucho interés la entrevista a JuanCarlos Gaviria en la edición más reciente de Ámbito Jurídico.  Me llamó poderosamente la atención, ya que hace referencia a la decadencia del sistema educativo en Derecho.  No debo reiterar demasiado que comparto plenamente esa visión.  La educación de pregrado y de postgrado ha llevado a que todo el mundo sea especialista en múltiples cosas.  Se quiere ampliar la red a las maestrías y los doctorados.

Curioso sin embargo, que el hijo de Carlos Gaviria Díaz cause tanto interés siendo un simple mortal sin doctorado o maestría.  No solemos llamar mucho la atención quienes en ese status estamos.  La entrevista a Juan Carlos Gaviria es sumamente interesante porque constituye una crítica al sistema educativo, a quien juega dentro de él.  Es la reivindicación de la ‘normalidad’ cognoscitiva’  por parte de alguien que por su linaje realmente no es tan normal como pareciera.

Sirva esto como un llamado de atención adicional a tanta oferta educativa.


Lo que considero sobre el Consejo Superior de la Judicatura

Órgano creado por la Constitución de 1991, compuesto por muchos Magistrados subdivididos en dos Salas.  En ambos casos, no sirve para nada.


El derecho fundamental a la ingratitud

Es curioso que la Constitución de 1991 consagre cosas tan bonitas como el derecho a la paz.  Sin embargo, es más curioso que consagre el Principio de la dignidad humana como eje fundamental de desarrollo constitucional.  Según este principio, el ser humano busca realizarse como persona, y el escenario del Estado es aquel que ha sido dispuesto para poder hacerlo.  Me refiero al Estado en sentido real, y no al reduccionista que considera que Estado = Salario público.

Si es cierto que todo ser humano puede buscar su felicidad, y que la ley y el orden jurídico están para brindar los instrumentos para que cada cual pueda realizar su proyecto de vida como mejor le parezca, parece curioso que el eje fundamental de desarrollo constitucional permita que el trabajo de las personas sea tan menospreciado a diferente nivel.  Me cuenta mi alter ego cómo según su experiencia en esto que llaman vida, ha podido ver en diferentes niveles cómo la dignidad humana se ha visto materializada entre otras cosas en lo siguiente:

-  Seremos despedido a las 5:00 p.m., mediante una llamada por Recursos Humanos, oficina de personal, o como se llame.  Efectiva inmediatamente.

-  Si podemos ser criticados y burlados por alguna prenda de vestir, un tono de voz gracioso y por alguna idea que expresemos, que no concuerde con la mayoritaria, lo seremos.

-  Tener hijos es pésima idea porque es traerlos al mundo a sufrir.  No tener hijos es una pésima idea porque desnaturaliza la especia.

-  Tener relaciones en las que no se puede tener hijos era una pésima idea.  Ahora, la pésima idea es siquiera pensar que la primera es una pésima idea.

-  Si queremos libertad de expresión, lo mejor es volver al “viejo truco” del diario.  Pensar en blogs y en twitter también puede ser delictivo.

-  Si para figurar, algún compañero debe intentar acabar contigo, lo intentará.

-  Si hiciste algo por alguien, no solo has adquirido un boleto mágico redimible por ingratitud, sino que adicionalmente puedes ganarte una bellísima cláusula penal adicional por ingenuidad.  Si es en materia laboral, la cláusula penal se aumentará de una tercera parte a la mitad.

Por supuesto.  Como esos, hay otra cantidad de ejemplos tontos que permiten ver que a nadie le interesa tratar con dignidad a nadie diferente a sí mismo (y eso no siempre es cierto).  Por ello, como esto es una sociedad real, y a nadie le interesa la dignidad del otro, podemos concluir que ese principio no sirve para nada.  Bueno, miento.  Sirve para argumentar sentencias de constitucionalidad. 

En cambio, el derecho fundamental a la ingratitud ha venido adquiriendo mayor arraigo en la sociedad.  La muestra de que no todos los principios jurídicos deben estar contenidos en normas.


Lo que considero sobre la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado

Sala compuesta por Consejeros de Estado que por su amplio conocimiento en Derecho Administrativo emiten conceptos jurídicos a solicitud del Gobierno, que permiten aclarar el contenido de algunos preceptos normativos, y que por supuesto, no serán tenidos en cuenta por el Gobierno o por la otra Sala (de lo contencioso administrativo) del Consejo de Estado. 

Esta sí tiene una utilidad: reconocerle el carácter de Consejero de Estado a personas que han desarrollado una labor encomiable en materia administrativa.  Nada más.


Pesadilla de algunos



Imagen tomada de:  www.gaturro.com 

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