domingo, 26 de julio de 2009

G-8 + G-5 Vs. B.I.

Las comparaciones son odiosas. Sin embargo, resultan igualmente inevitables. Volveré a ser odioso por hoy, pero los recientes acontecimientos me obligan a opinar. Hace algunas semanas, se llevó a cabo una reunión del G-8 y del G-5, en que se pudo determinar con absoluta claridad que Sarkozy tiene exceso de testosterona, y quedó la duda sobre las verdaderas razones de Obama de mirar “hacia el sur”. Más allá de esto, se llegaron a importantes compromisos, que como siempre, son una burla más al mundo.

Debo sincerarme. Cuando estudié en la Universidad lo referente a las organizaciones internacionales, ONG´s, y demás, quedé maravillado ante las formas de asociación, de canalización de esfuerzos de los pueblos, y cómo el derecho internacional cada vez avanzaba más hacia campos de justicia y respeto. Conceptos como los de igualdad de los pueblos, soberanía, autodeterminación, cooperación, responsabilidad generacional, no injerencia, parecían ser la receta ideal para un delicioso postre de armonía internacional. ¡Qué ingenuidad!

Simultáneamente empecé a jugar el bingo de las G´s. G-3, G-5, G-8, G-20, en fin. No comprendo bien cada uno de estos grupos, y de hecho, creo que ni los mismos miembros de esos grupos comprenden bien de qué trata el tema. Sin embargo, en este mundo de discriminadores-discriminados, el secreto del éxito es poder discriminar más y ser menos discriminado. Recordemos que no es lo mismo cenar en Tony´s Place que Donde Toño, ni es lo mismo tener de comisionado de paz a Frank Pearl que a Francisco Perla. No aquí. Probablemente, como estrategia de marketing de blog, debería modificar el título de este blog y ensayar Seagull´s Pecks, o empezar a firmar “Möwe”. Probablemente tendría más lectores. Sin embargo, no nos desviemos del tema.

Lo importante de las G´s es pertenecer a ellas. No estar en ellas está mal visto. El mundo es un gran club social en el que es importante tener poder, o aparentar tenerlo. Eso son los G´s. ¿Estoy equivocado? ¿Entonces por qué hubo moda Sarah Palin, por qué comer el ajiaco de Harry Sasson y no el de Casa Vieja? ¿Por qué entrevistan siempre al delantero argentino, o al volante uruguayo del equipo de fútbol en las noticias, y no al arquero tumaqueño? Cuando encontremos las respuestas a esas preguntas, entenderemos por qué tantos G´s.

Mucho se ha debatido sobre el G-20, en la que España no estuvo, Argentina sí. Noticias, ingresos en blogs, y opiniones diversas. Me gustaría que mis lectores me dijeran, sin embargo, cuales fueron los grandes avances de esa cumbre. Agradezco ayuda en este punto. Personalmente no lo sé. Seguramente en algo se avanzó, pero no sabemos en qué. Normalmente en estas reuniones, los avances consisten en fijar agendas y cronogramas para que en fechas futuras se vuelva a hacer lo mismo. Particularmente me llamó la atención lo que ocurrió recientemente en la reunión de G8 y G5.

Días antes de la reunión, la NASA reveló imágenes tomadas por ICESat (Ice, Cloud, and Land Elevation Satellite – Satélite de Hielo, Nubes y Elevación de Tierra) en las que se muestra el preocupante escenario en el ártico, donde cada vez hay menos hielo, y las capas del existente son más delgadas. El informe contiene imágenes tomadas por el satélite que sirven para sustentar las conclusiones del reporte. Tan solo un mes antes, otro informe preocupante en el mismo sentido. Ambos informes están en inglés.

Dos días después, el 09 de Julio de 2009, los del Club G, (G8 y G5), dieron a conocer un emotivo comunicado, al mejor estilo de redacción poética, comprometiéndose a todo y a nada, y dejando de lado el reto global más importante que es enfrentar sosteniblemente el calentamiento global. Es decir, los del club social se les olvidó el tema principal. Está bien, miento, no se les olvidó. Lo omitieron a propósito, porque no llegaron a un acuerdo en ese sentido. Los invito a que revisen este artículo, publicado en varios medios de comunicación, donde se nos permite entender por qué no se llegó a un acuerdo. La razón es la misma, la misma que siempre ha sido, y la misma que siempre será. La solidaridad es un principio fundamental, siempre que no deba aplicarlo yo. Debemos darnos la mano como hermanos, pero me gusta más cuando eres tú el que me da la mano, y no al revés. En otras palabras, la reducción de emisiones a la atmósfera, es indispensable, pero pensemos a 2050, decían ellos. Creo que entre almuerzos y cocteles, se les olvidó revisar el informe de la NASA. ¡¡No habrá hielo para 2050, señores!!

Veo este deplorable ejemplo de cómo las relaciones internacionales operan en contravía con los principios que atrás enuncié, y me provoca llorar, o cogerlos a todos a picotazos. El problema es que son muchos. Miremos la OEA, la CAN, la ONU, y todos los demás G´s. No hay tiempo para tantos picotazos. Nuestros líderes, al igual que los líderes antes que ellos, no están dispuestos a asumir la responsabilidad histórica. Eso cuesta votos, y a ellos les gustan mucho los votos.

Veo este deplorable ejemplo, con un poco más de detenimiento, y no puedo resistir contrastarlo con nuestra próxima convención de blawgers en Bogotá. Blawggers Internacionales ha sido la creación de unas personas inquietas, con un pasión común y quienes manejan un tema más o menos afín, el derecho. Han sido pocas las reuniones que se han dado, todas ellas de carácter informal, y en todo caso, dentro de ámbitos locales. Sin embargo, en dos semanas inicia el Primer Encuentro Internacional de Bloggers Jurídicos, que se dará en la Universidad Externado de Colombia. Es un encuentro formal, es un evento académico, es la mezcla entre lo virtual y lo real.

Ya llega el encuentro, al que todos los lectores de este y otros blawgs están cordialmente invitados. Lo único que se requiere es el ánimo de asistir, y compartir. A diferencia de los G´s, los blawgers no nos reunimos para ver si gestionamos, sino que gestionamos, y luego sí buscamos la reunión. Todo blawger ha aportado ideas, temáticas de discusión, y ponencias para el encuentro. Sin embargo, es de destacar la entrega y dedicación mostrada por Gonzalo Ramírez Cleves, creador y administrador del blog Iureamicorum, quien ha organizado y dado vida al encuentro con la Universidad Externado de Colombia, así como la invaluable ayuda de Carlos Javier Delgado, creador y administrador del blog Responsabilidad y Derecho, quien además de ser un gran amigo y colega, ha sido de decisiva ayuda en el campo tecnológico y de diseño, sobre todo de la página del encuentro, y de la de B.I. A ellos dos, mis mayores respetos.

Espero, como un simple colaborador más en ese evento, no desentonar en el nivel de los demás panelistas, poder aportar un punto de vista que pueda ser de alguna utilidad. Respecto del Encuentro, de antemano le auguro el mayor éxito. El trabajo se ha venido haciendo desde antes, es hora de reunirnos y compartir parte de los frutos. Es un orgullo pertenecer a las filas de B.I., como uno más, y nos veremos allá. Bueno, me veré con algunos. Algunos otros se verán con el otro señor, el impostor. Me verán, pero realmente no me verán.

SERVICIO SOCIAL: ¿¿Alguno(a) se anima a leer mi ponencia ese día??
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miércoles, 22 de julio de 2009

¡Se busca Fiscal General de la Nación!

Ya hay terna. Para algunos, la terna constituye un “falso positivo”, en donde los ‘muertos’ son los candidatos mismos. Ninguno, al parecer, satisface las expectativas generadas ante un cargo tan importante como es el de Fiscal General de la Nación. El problema, es que no existe claridad sobre lo que realmente queremos de un Fiscal General de la Nación. Para unos, se requiere de un penalista hábil y experimentado, especialmente en materia del proceso penal de corte acusatorio, implantado con la Ley 906 de 2004. Para otros, se puede dejar de lado su carácter de penalista, porque la Constitución no exige esta especialidad para poder ocupar el cargo.

Personalmente, considero que el ser o no ser penalista no debe ser un factor determinante a la hora de tomar esta clase de decisiones. Revisando con un poco más de detenimiento el texto constitucional, encontramos lo siguiente:

“ARTICULO 251. Modificado por A.L. 03 de 2002. Son funciones especiales del Fiscal General de la Nación:

1. Investigar y acusar, si hubiere lugar, a los altos servidores que gocen de fuero constitucional, con las excepciones previstas en la Constitución.
2. Nombrar y remover, de conformidad con la ley, a los servidores bajo su dependencia.
3. Asumir directamente las investigaciones y procesos, cualquiera que sea el estado en que se encuentren, lo mismo que asignar y desplazar libremente a sus servidores en las investigaciones y procesos. Igualmente, en virtud de los principios de unidad de gestión y de jerarquía, determinar el criterio y la posición que la Fiscalía deba asumir, sin perjuicio de la autonomía de los fiscales delegados en los términos y condiciones fijados por la ley.
4. Participar en el diseño de la política del Estado en materia criminal y presentar proyectos de ley al respecto.
5. Otorgar, atribuciones transitorias a entes públicos que puedan cumplir funciones de Policía Judicial, bajo la responsabilidad y dependencia funcional de la Fiscalía General de la Nación.
6. Suministrar al Gobierno información sobre las investigaciones que se estén adelantando, cuando sea necesaria para la preservación del orden público.”


Además de eso, debemos tener en cuenta lo contemplado por el Decreto 261 de 2000, que modificó la estructura de la Fiscalía General de la Nación, en especial lo relacionado con el artículo 17 de ese Decreto, que específicamente señala:

“ARTICULO 17. FUNCIONES. El Fiscal General de la Nación tiene la representación de la entidad frente a las autoridades del poder público así como frente a los particulares y además de las funciones especiales otorgadas por la Constitución Política, tiene las siguientes funciones generales:

1. Expedir reglamentos, órdenes, circulares y los manuales de organización y procedimientos conducentes a la organización administrativa y al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalía General de Nación.
2. Nombrar, remover y definir las situaciones administrativas de los servidores de la entidad.
3. Designar al Vicefiscal, al Director Nacional de Fiscalías, a los Directores Seccionales de Fiscalías y a los Fiscales de las Unidades como Fiscales Delegados Especiales cuando la necesidad del servicio lo exija o la gravedad o complejidad del asunto lo requiera.
4. Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de la función investigativa y acusatoria contra los presuntos infractores de la ley penal, directamente o a través de sus delegados.
5. Ser vocero y responsable por las actuaciones de la Fiscalía General de la Nación ante los demás estamentos del Estado y de la sociedad.
6. Asumir las investigaciones y acusaciones que ordena la Constitución y aquellas que en razón de su naturaleza, ameriten su atención personal.
7. Dirigir el intercambio de la información y pruebas sobre nacionales o extranjeros implicados en delitos cometidos en el exterior.
8. Expedir los manuales de procedimientos administrativos y de normas técnicas a que se deben someter los funcionarios de la Fiscalía General y de quienes cumplen funciones de Policía Judicial.
9. Reglamentar la recopilación de antecedentes penales al interior de la entidad.
10. Asignar la planta de personal a cada una de las dependencias de la Fiscalía, y modificarla cuando lo considere necesario.
11. Desarrollar y reglamentar (en lo no previsto) la estructura orgánica de la Fiscalía, con sujeción a los principios y reglas generales del presente decreto. NOTA: APARTE SUBRAYADO DECLARADO INEXEQUIBLE
12. Diseñar e implementar un sistema de control interno que permita conocer y evaluar oportunamente la gestión de la Fiscalía General de la Nación y de sus servidores.
13. Comisionar a servidores de la Fiscalía General de la Nación en otras entidades oficiales, en desarrollo de las investigaciones que así lo ameriten.
14. Representar a la Nación-Fiscalía General, en los procesos judiciales, para lo cual podrá constituir apoderados especiales.
15. Suscribir, como representante legal de la Fiscalía General, los actos y contratos requeridos para el buen funcionamiento de la misma.
16. Otorgar atribuciones transitorias a entes públicos que puedan cumplir funciones de Policía Judicial, bajo la responsabilidad y dependencia funcional de la Fiscalía General de la Nación.
17. Aprobar el anteproyecto del plan de desarrollo de la Fiscalía y enviarlo al Consejo Superior de la Judicatura para que sea consolidado con el plan de la Rama Judicial.
18. Aprobar el anteproyecto de presupuesto y enviarlo al Consejo Superior de la Judicatura para que sea consolidado con el presupuesto de la Rama Judicial.
19. Efectuar los traslados presupuestales dentro de las unidades ejecutoras de la Fiscalía General y solicitar al Gobierno las adiciones que considere pertinentes de conformidad con las normas generales del presupuesto.
20. (Crear, suprimir, fusionar y) trasladar cargos en la Fiscalía General de la Nación de acuerdo con la nomenclatura de empleos y la escala de salarios establecida.
En ejercicio de estas atribuciones, el Fiscal General no podrá crear con cargo al Tesoro, obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la ley de apropiaciones iniciales. NOTA: APARTE SUBRAYADO DECLARADO INEXEQUIBLE
21. Establecer el Manual de requisitos y funciones de cada uno de los empleos de la Fiscalía.
22. Formar parte o presidir los Consejos, Comisiones, Comités, Juntas y Estamentos Directivos que le señale la ley.
23. Nombrar, remover y definir las situaciones administrativas del Director del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
24. Ejercer control de tutela sobre los establecimientos públicos adscritos a la Fiscalía General de la Nación y designar sus directores.
25. Determinar la representación de la Fiscalía General de la Nación en la Junta de Inteligencia Nacional, JIN, cuando sea requerida su participación en calidad de invitado.
26. Hacer las propuestas de evaluación de recompensas, de méritos y las menciones honoríficas que procedan.
27. Las demás funciones que le señale el presente estatuto y la ley.”


Para efectos de no hacer eterno este ingreso, simplemente tomemos en cuenta las siguientes estadísticas:

De las 6 funciones consagradas constitucionalmente, tan solo 1 y media tienen relación directa con el litigio en materia penal (Función 1 y parcialmente la Función 3). Quienes consideran que la política criminal es un terreno propio del derecho penal, están lejos de la realidad. Se parecen, tienen cosas en común, pero no son lo mismo. Es como confundir una gaviota con un pelícano. Si revisamos las otras 27 funciones, encontramos que (solamente la 4, 6 y 7 requieren conocimientos jurídicos propios de un penalista). Es más, la gran mayoría de las funciones allí descritas son propios de un administrador, y no de un abogado penalista.

Por esa razón, me llama mucho la atención la lectura de muchas columnas de periódicos, que hacen referencia a que la terna enviada a la Corte Suprema de Justicia por parte del Presidente de la República es ofensiva. Algunos de estos columnistas, siendo abogados, hacen referencia a la gran afrenta que representa el no contar con penalistas en la terna. Al respecto, mi posición es completamente diferente. El ser o no penalista, es un ‘plus’ con el que contaría un candidato, pero no constituye el factor determinante para efectos de establecer si sería un buen Fiscal General o no.

Si se revisa detenidamente los problemas principales con los que cuenta la Fiscalía General de la Nación del señor Iguarán Arana, veremos que se ha rodeado de personas corruptas, de personas incapaces, así como de otros que son corruptos e incapaces. Adicionalmente, su falta de criterio y fortaleza ha llevado a que el sistema penal oral se encuentre colapsado, y que constituya una verdadera vergüenza ver la forma en que opera. Es importante señalar que el sistema colapsó primeramente en la Fiscalía General, donde se encontraban tan fascinados con las facultades de los fiscales, que se les olvidó que tenían deberes investigativos.

Como consecuencia de lo anterior, contamos con casos como los del señor Guillermo León Valencia Cossio, disputas entre el Vicefiscal Guillermo Mendoza con todo el mundo, por considerarse él el único que sabe investigar, y como consecuencia, investigaciones que se caen, otras que prescriben, y otras que también se caen. ¿Es esto culpa de Mario Iguarán Arana? Por supuesto, pero su culpa no deriva de ser un desconocedor del Código Penal o del Código de Procedimiento Penal (aunque debería abrir ese par de libritos más seguido, en vez de dedicarse a maquillar sus ojos y alzar su dedo índice en pose acusadora) sino de ser un nefasto administrador, ejecutivo incapaz, y reactivo, y no proactivo.

Luis Carlos Galán Sarmiento, fallecido hace ya casi 20 años, no podrá estar contento viendo desde el más allá, que por fallas de procedimiento imputables a la fiscalía salgan libres grandes criminales, que su caso prescriba por inacción del organismo, y otras tantas bestialidades más. Zaffaroni menciona en uno de sus libros, que el derecho penal está instituido para contener la arbitrariedad de las instituciones represoras en materia penal. ¿Qué respondería el profesor Eugenio Raúl si el escenario hipotético fuera el contrario, en el que el pueblo clama porque sus instituciones represoras hagan algo, y no se queden durmiendo, cuatrienio tras cuatrienio mientras los asociados derraman su sangre día a día?

No, apreciados columnistas, el éxito de una buena gestión es estar bien rodeado, es decir, rodeado de gente capaz, no de amables sicofantes. Fíjense que es lo opuesto a lo que ha ocurrido con el Presidente Uribe, quien ha demostrado ser sumamente capaz de gestionar él mismo, pero incapaz de rodearse bien. Su poder personal no puede con todo. Por ello, saberse rodear es lo fundamental. Algo que Iguarán no supo hacer, y que el (o la) próximo(a) Fiscal General debe aprender rápido. De lo contrario, nos veremos pronto discutiendo nuevos proyectos de Códigos. Cuando algo falla aquí, cambian la ley, y no al aplicador de la ley. En consecuencia, considero que además de tener criterio y carácter, el (o la) sucesor(a) de Mario Iguarán debe ser un Fiscal que sepa nombrar fiscales. ¿Será que alguno de los tres podría con esta tarea? Muchos dicen que ya vienen con marquilla de: Propiedad de Uribe. De pronto el llamado es para que los penalistas buenos se vuelvan amigos de Uribe. Lo raro es que la gran mayoría están ocupados acusando a alguno de sus antiguas amistades, o antiguos coequiperos. Amanecerá y veremos…
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lunes, 20 de julio de 2009

1 año volando contra la corriente

Hoy se cumple un año de la inauguración de este espacio, que igualmente coincide con mi primer año de existencia. Aquel 20 de Julio de 2008, día de la marcha contra el secuestro, marcó el inicio de una etapa de indignación personal canalizada. Antes de esa fecha, la indignación era objeto de discusión durante el almuerzo, se podía incluir como parte del temario de una clase, o simplemente pasaba a ser un catalizador de úlceras.

“Picotazos de Gaviota” ha marcado el reconocimiento interno de la ‘mismidad’ del ser humano, como individuo inconforme que siempre busca estar mejor. En mi caso, la ‘mismidad’ equivale a la aceptación de la ‘dualidad’, entre esta Gaviota y aquel abogado que a diario se hace pasar por mí (falsedad personal). La posibilidad de expresar un punto de vista, de manera seria, o bufonesca, sea cual sea la elección, es ya un triunfo. La posibilidad de conocer y compartir la posición de otros y contrastarla con la mía, es un ejercicio enriquecedor. El hecho de habitualmente abordar temas relacionados con la justicia, una de mis grandes pasiones, es la mayor satisfacción.

Para aquellos que a lo largo de este tiempo me han obsequiado su apoyo moral o material, con su afecto, cariño y apoyo, así como a aquellos que de una u otra manera han participado en darle vida a este humilde espacio, mi eterna gratitud.


Como lo he señalado desde el día número 1, y como lo he reafirmado después de mi último ingreso, con sed de libertad y justicia, volaré contra la corriente cuanto sea necesario. A mis amigos virtuales, nos veremos pronto en el Encuentro de Blawgers en Bogotá.

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jueves, 16 de julio de 2009

Lecciones de vida: “Pepe” - asuntos de derecho penal

Días después, sigo indignado por lo de “Pepe”. Bueno, por muchas cosas, especialmente por el maltrato inútil a los animales. He leído y escuchado argumentos en pro de la muerte del hipopótamo. Algunos técnicos, otros pasionales, como mi anterior ingreso. Sin duda, opiniones hay en todo sentido. Así como opiniones hay en contra de la matanza de focas por deporte (o festividad), así como opiniones hay en cuanto a las corridas de toros.

No obstante lo anterior, he querido resarcirme un poco por ingreso tan poco jurídico y poco profundo. Siendo el primero en flagelarme por este asunto, he querido retomar algunas de las cuestiones que hace algún tiempo viví en la universidad. Cuando se piensa en muertes, se suele pensar en derecho penal. Lamentablemente, los animales no cuentan con derechos reconocidos. Sí existen algunos tipos penales relacionados con el medio ambiente, pero nada específico para sancionar cuestiones como las que se presentaron en Colombia.

En primer lugar, conviene referirse a un asunto que se suele manejar como principio limitador al ius puniendi. Se hace referencia al ‘derecho penal de acto’ para explicar que nadie será penado por lo que es, o por lo que piensa, sino por lo que hace. Lástima que toda vía la raza humana siga pensando que tiene licencia para hacer lo que quiera, y que lo único malo es lo que atenta contra otra persona o grupo de personas. Debemos dejar de sancionar individuos por lo que son, pero sí podemos sancionar a cualquier otra especie, por se lo que es.

Si recordamos un poco las razones esgrimidas para matar al hipopótamo, se mencionó que su especie podía portar una serie de enfermedades que podrían llegar a ser letales. No recuerdo, sin embargo, que nos hubiesen hablado de una brigada de veterinarios y zootecnistas que hubiesen detectado enfermedad alguna portada por “Pepe”. Ahhh. Pero podía haberlo estado, claro. Argumento de la peligrosidad. Bienvenido el positivismo jurídico anti-animal. De pronto en algunas semanas encontremos a un Lombroso que nos hable del hipopótamo nocivo nato. No es muy grande el salto de un delincuente nato a un hipopótamo nocivo nato. Tal vez su mirada era lo suficientemente diciente para acabar con él. Good riddance, dirían los anglosajones.

También, la territorialidad y la alta agresividad del hipopótamo lo hacía ‘peligroso’ para la comunidad. Ferri se estaría relamiendo de la dicha. ¡Peligrosidad! ¡Peligrosidad! Lástima que el positivimo jurídico anti-animal no hubiese acogido la parte en que se procuraba darle buen alcance a los subrogados penales. De lo contrario, seguramente las acuciosas autoridades de ejecución penal animal habrían optado por capturar al animal, y lo hubiesen llevado a un centro de rehabilitación, para que se volviese amigo de la gente, y pudieramos ir a paseos lúdicos con derecho a socializar con el animal. Bueno parece ser que el raciocinio humano nos llegó hasta ahí. ¿Qué diría Sir Francis Bacon si lo pusieren al frente de estos genios del positivismo? Posiblemente repetiría su ya frase célebre: “No hay cosa que haga más daño a una nación como el que la gente astuta pase por inteligente".

Sin embargo, el asunto no para ahí. Detectada esta interesante coincidencia teórica entre los italianos positivistas y las autoridades nacionales, decidí buscar otras similotes con tipos penales como el homicidio, y me encontré con una belleza que me hizo ser un poco menos ignorante hoy, que ayer. Resulta que en Colombia, el artículo 104 del Código Penal consagra las circunstancias de agravación del homicidio doloso. Claro, es homicidio, no hipopotamocidio, pero para efectos netamente académicos, sabrán excursar la comparación. El mencionado artículo del Código Penal consagra una serie de circunstancias que se consideran agravantes del homicidio, y entre ellas, se encuentra en el numeral 4º la siguiente:

“4. Por precio, promesa remuneratoria, ánimo de lucro o por otro motivo abyecto o fútil.”

Eso me llevó a recordar mis épocas de exámenes en materia de derecho penal especial. Era una época en la que brillaba todavía por mi inteligencia, o al menos así lo creía yo. Sin embargo, pasaron los días, los meses y los años, y sólo hasta hace algunos pocos días, logré entender qué se entiende por motivo abyecto, y por motivo fútil. Sin duda un enigma hasta hace poco. Lo manejaba, y probablemente hasta habría sido capaz de manejar un caso como fiscal que me permitiera condenar a un individuo por haber cometido un homicidio por motivo abyecto, y a otro individuo por haber consumado un homicidio por motivo fútil.

Evidentemente, como punto de partida, era importante revisar los diccionarios. El diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, señala que ‘fútil’ es: “de poco aprecio o importancia”. En cuanto al término ‘abyecto’, se señala por ese mismo diccionario: Despreciable, vil en extremo. En primer lugar, conviene hacer un llamado de atención a los redactores de la norma por el inconcebible desliz de haber omitido la coma (,) que debió haberse insertado después del término ‘abyecto’. La omisión de este importante recurso induce al error al intérprete de la norma, quien de manera desprevenida pensaría que los dos términos son sinónimos. Recordemos que la norma reza: “(…) por otro motivo abyecto o fútil”. Vemos entonces que esta información es de vital importancia. Cuántos recursos extraordinarios de casación habrían prosperado si se hubiese indicado a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en su momento, que el reo había interpretado la norma como si se tratare de sinónimos, constituyéndose un error de tipo (vencible o invencible), en la medida en que creía haber obrado con fundamento en el tipo básico de homicidio, y no en su agravante, por cuanto el motivo era fundamental para la estructuración del delito imputado. Al haberse interpretado erróneamente la norma por falla en la redacción, no puede delegarse las consecuencias en cabeza del ciudadano.

Yendo un poco más allá, esta Gaviota ha descubierto que existe otro error en la redacción, en la medida en que debió haberse utilizado una conjunción copulativa y una disyuntiva, y no únicamente una copulativa, como efectivamente se usó, pues igualmente se puede inducir a error al desafortunado destinatario de la norma penal. El ejemplo de ‘Pepe’ nos brinda testimonio irrefutable de que los motivos abyectos y los motivos fútiles pueden perfectamente concurrir. No implica ello que de demostrarse los dos cambiaría la pena imponible en abstracto, pero de existir concurrencia, no se estaría ante una agravante sino ante dos de ellas. Bajo ese entendido, debe el juzgador evaluar estas dos agravantes para efectos de la dosificación de la pena a imponer. Al afectar esto la pena imponible, sin duda que debe ser tratado el tema con toda seriedad por implicar una mayor limitación a la libertad individual.

Estos descubrimientos me llevan a considerar con todo detenimiento la posibilidad de elaborar un ensayo titulado “¿Abyecto o fútil? : desentrañando los misterios normativos”. Lástima que nada de esto le sirva a ‘Pepe’, quien por motivos abyectos y fútiles, fue eliminado al mejor estilo de los insensatos.
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domingo, 12 de julio de 2009

Breve y contundente: ¡Malditos asesinos!

Mi corazón de ave exige un pronunciamiento directo sobre el cruel, infundado y estúpido asesinato de un hipopótamo en mi país, creo que Daniel Samper Pizano lo ha descrito mejor que lo que yo hubiese podido hacerlo, en esta columna publicada el día de hoy en el diario El Tiempo. Para revisar un recuento de la noticia, por favor revisar este artículo.

Estoy absolutamente ofendido. Ojalá que quienes tienen autoridad para hacerlo, destituyan, investigan, sancionen a estos malditos asesinos, que ante la falta de ideas recurren a la violencia. Son prueba de ineptitud, incapacidad y agresividad dotada de autoridad.

Mis respetos a “Pepe”, luchador por su libertad y por su dignidad como ser vivo. Deja atrás a su compañera y a su cría. Su lucha que de manera pacífica o no tan pacífica seguimos algunos, la continuaremos con más ahínco aún a pesar de su cruel y estúpida matanza. No publico fotos de su muerte, por respeto.

A los otros: ¡¡Caigan malditos asesinos!!
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viernes, 3 de julio de 2009

Jaque con sacrificio de dama

Nada vale, nada cuenta. Todo está allí. Lo vemos, pero quizás no lo observamos bien. El espacio es reducido, y en él, las reglas son eternas e invariables. En él, la fuerza nada vale. La estrategia es la fuerza misma. Ambas partes lo saben y por ello cada quien se piensa fuerte e invencible. No obstante, trasegar en ese campo de batalla hace que luego de salir de él, nada sea lo mismo. Siempre, no importa cuántas veces se pase por allí, algo habrá de cambiar.

No se puede perder tiempo en el ajedrez. Realmente el tiempo no se pierde, se invierte. Quienes han jugado e intentado desentrañar los más íntimos secretos de este juego, entienden que cuando se adentra en él, la raza, tanto en el juego como en la vida importa poco. La capacidad lo es todo. La capacidad de simular y disimular adquiere un valor insospechado, del que depende la supervivencia misma. Anticipar al oponente, y preparar un ataque mientras se desarrolla juego, es un arte increíblemente bello. Aquí, no siempre ir hacia delante implica ir adelante. Matar no es siempre vencer.

Respecto de esto último, quienes han llegado a dominar el juego con mayor destreza que el promedio, comprenden el valor de la posición en el tablero. Entienden que el dominio de posición es fundamental. El problema no es llegar a ella, es mantenerla. Alfiles que se tocan una o dos veces en el juego pueden ser la clave para un triunfo inesperado. Esa es la estrategia. Esa es la fuerza.

Por posición, las partes se observan en la frialdad de la madera, intentando descifrar las señales neuronales del oponte. Por posición, se puede llegar a dar ventajas, que en realidad no lo son, descubriendo finalmente la sorpresa mortal. Napoleón sabía esto, así como también Bolívar lo entendió. En el ajedrez, se puede permitir sacrificios altos con miras al triunfo. Una de las jugadas más arriesgadas es el sacrificio de la reina, o de la dama. Para ello, se coloca la ficha en posición de ataque (simulado) de forma tal que una ficha de la defensa acabe con la dama, pero al hacerlo, sacrifique posición que posteriormente va a ser atacada. Requiere de una magia especial que no todos poseen.

Sin duda, las fuerzas militares colombianas quisieron evocar todos estos aspectos al momento de poner en ejecución la conocida “Operación Jaque”. Lo hicieron, basados en las labores de inteligencia, seguros de la desfachatez estratégica, y confiados en su gestión diplomática posterior. Con trampa, o sin ella, los riesgos eran calculados. Tanto Estados Unidos como Francia tenían intereses en que la operación fuese exitosa. No alborotarían el avispero después. Efectivamente así fue.

Hace algunos momentos destaqué la pericia que se requiere para sacrificar la dama en procura de la victoria. En el caso de la “Operación Jaque”, la consigna era precisamente la contraria. Impensable sacrificar a la dama. La dama era la llave del triunfo. En efecto, Ingrid Betancourt era un botín más que suficiente para que la operación fuera considerada exitosa, más allá de los demás resultados positivos que se pudieran obtener. Era un ícono en el momento, y un símbolo de paz. La estrategia era la de coronar, es decir, cambiar una ficha de baja jerarquía (peón) por una de mayor jerarquía (dama, en este caso).


Imagen tomada de: http://www.cubaencuentro.com/michel-suarez/blogs/con-lupa

Siendo Ingrid un ícono de paz, su señora madre, doña Yolanda Pulecio, se creyó con derecho de actuar como si padeciera de alguna clase de oligofrenia, que le impidiera discernir lo ficticio de lo real. Atacar la institucionalidad y elogiar la subversión, verdadera causante del secuestro de su hija, son solo algunas muestras de las actitudes ‘extrañas’ de la señora Pulecio. Por cierto, no fue capaz de dar las gracias al Presidente de la República por el rescate, y ni siquiera se retractó de sus agresiones anteriores. La señora Pulecio, al parecer, no juega mucho ajedrez.

Sin embargo, más sorprendente aún es lo que ocurrió con su hija. No solo era ícono de paz y de lucha antisecuestro durante su cautiverio, sino que salió a ser potencial Premio Nobel de Paz. Yo manifesté, en su momento en este ingreso, mi postura sobre esa proposición, que a mi parecer, resultaba absurda. Más allá de mi posición respecto de ese tema, el caso es que nuestra dama, coronada en la ‘Operación Jaque’ había salido triunfante. Era la mujer del momento.

Ha transcurrido un año desde que la señora Betancourt recuperó su libertad. Se han conocido detalles sobre su altivez, que la caracterizó como senadora y candidata presidencial, también en cautiverio. Aparentemente hubo deslices sexuales, agresiones y pataletas habituales, y son pocos los que actualmente la defienden. La pelea con su cónyuge, está al rojo vivo, y cada vez salen más y más libros en los que no se refieren a ella en términos muy amables. Ella, mientras tantos, se fue del país y disfruta de una vida ajena a la población que durante mucho tiempo sufrió, marchó y clamó por ella.

Kasparov, Kramnik, Deeper Blue y el Chessmaster estarían anonadados. No es usual que el jugador corone, y que luego de haber obtenido una dama, la sacrifique sin miras claras de obtener posición. Eso es lo que ha ocurrido con Ingrid. Pasó de heroína a villana. Algunos pensarán que se le juzga injustamente. Otros dirán que se trata de una campaña de desprestigio por la existencia de un complot en su contra. Otros, como yo, diremos que Ingrid nunca fue reina, y que esa era parte de la simulación de la estrategia en este ajedrez del secuestro.

La Operación Jaque pasó, y mientras el gobierno demostró que es todo un ajedrecista, con Ingrid y su señora madre, está claro que ni les creyeron su simulación, ni han logrado disimular. La consecuencia ha sido perder valiosa posición. No hay estrategia, no hay fuerza.

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