lunes, 19 de enero de 2009

La psicología del incumplimiento

Lo que va corrido del 2009 ha resultado un periodo de profunda reflexión. Tanto reparar en la realidad del país, y de lo que puedo conocer del mundo, me permiten formularme interrogantes molestos, en la medida en que no parecen tener respuestas sencillas. Una de las inquietudes que me formulo recurrentemente, es acerca del porqué de la cultura del incumplimiento. La cultura del incumplimiento no es un simple estilo de vida individual, sino que se ha convertido para algunos países, en una forma de concebir el mundo.

Retomo el tema, gracias a la columna de Héctor Abad Faciolince titulada “Millonarios del Estado” que he leído en el diario El Espectador, en la edición de de ayer. En la columna, Abad Faciolince denuncia el grave problema de las demandas que se formulan contra el Estado colombiano, que resultan altamente costosas, y que implica el enriquecimiento desmedido de personas que han hecho de demandar al Estado una profesión.

Sumémosle a eso, la situación vivida por el alter ego de esta Gaviota esta semana, donde nuevamente ha debido recurrir a la acción de tutela para procurar que una persona reciba el tratamiento en salud al que tiene derecho por Constitución y ley. Al parecer, gracias a Dios, la acción contará con un próspero final para el accionante. Sin embargo, siempre surge la pregunta de por qué debe siempre acudirse al mecanismo de la acción de tutela para obtener las prestaciones en salud que se requieren, aún cuando el año que recién terminó fue paradigmático por haber sido proferida la sentencia T-760, providencia en la que la Corte Constitucional desarrolla todo el tema del derecho a la salud, su alcance, su correlación con otros derechos, y la forma en que debe entenderse constitucionalmente protegido. Resulta difícil entender por qué ante una sentencia tan clara y diciente como esa, se sigue incumpliendo con los mandatos constitucionales, colocando en estado de inminente riesgo la vida de las personas.

Particularmente, considero que la situación a nivel latinoamericano radica en un problema de ego. Cuando se considera que el único límite que existe a la libertad individual es el trazado por sí mismo, no existe norma válida que pueda restringir el ejercicio de esa libertad. El saber que se puede pasar por encima de la norma, sin salir lesionado, y tal vez ganando un poco, es excitante. Si revisamos el día a día en nuestras ciudades, nos daremos cuenta que ser incumplido es sinónimo de prestigio. Cuando se llega al consultorio del prestigioso abogado, se ha de esperar al menos unos 20 minutos adicionales, hasta que este evacúe otras diligencias que lo retienen, y finalmente poder acceder a su sapiencia. Los Congresistas y Ministros del Despacho, cuentan con parqueaderos personalizados, que son las zonas en las que para el resto del mundo está prohibido parquear. Asimismo, si quisieran visitar el night club de moda, es importante ir a hacer fila desde temprano, para tener posibilidades de entrar. Claro está, que en este lapso, podremos ver a los prestigiosos llegar en lujosos vehículos, y entrar sin hacer fila.

En pasados ingresos, he visto cómo a nuestros mismos gobernantes les gusta esto de la psicología del incumplimiento. Si miramos la operación jaque, hubo un engaño con trampa (utilización de símbolos de la Cruz Roja). Si revisamos las alzas en la gasolina por el alto precio del petróleo, pero la negativa a bajar su precio cuando el petróleo baja, vemos otro ejemplo similar. Ya he tratado el tema de utilizar los estados de excepción para conjurar problemas domésticos ordinarios (DMG, paro judicial). En todos estos casos, lo que resalto es el dolo directo por el acatamiento de las normatividad. La filosofía del pretexto, jugando en llave con la psicología del incumplimiento. La misma razón por la cual a las personas les genera una fascinación casi sexual, el incumplimiento de las normas de tránsito. Transitar en pico y placa, Pasarse los semáforos en amarillo o en rojo, adelantar en línea amarilla continua, en fin…

El mundo de la praxis jurídica no es muy diferente. Observamos a diario cómo los fiscales y jueces penales realizar toda clase de maromas para demostrar que en la mayoría de casos, se debe recurrir a las excepcionales medidas de la privación preventiva de la libertad. Como diría Bovino, no se investiga para privar de la libertad, sino que se priva de la libertad para investigar. El tema es igual, allá y acá. En materia laboral, resulta que el trabajador no solo debe demostrar que no se le han pagado los salarios y prestaciones a las que tenía derecho, sino que adicionalmente, sacamos de la manga, el as de diamantes, que es probarle la mala fe al empleador. Si no lo hacemos, olvidémonos de la indemnización moratoria. Eso, vale la pena resaltar, no está en la ley. Es creación de nuestros “honorables”.

Hablando un poco más de los “honorables”, a los que no menciono hace algún tiempo, pero a quienes nunca olvido, conviene tratar brevemente el tema de la oligofrenia de la casación. Es interesantísimo revisar las providencias de casación, ya sea las que definen la adminisibilidad del recurso de casación, como aquellas que resuelven el recurso extraordinario. Digo que resulta interesantísimo, en la medida en que unos individuos que teóricamente llegan al cargo de Magistrado en un tribunal de casación por sus altas calidades jurídicas y su potencial intelectual y jurídico, NUNCA entienden lo que les piden en una demanda de casación. Este síndrome de oligofrenia casacional, que parece ser de transmisión funcional, y no genético, no es otra cosa que desechar las demandas de casación, por pretender hacerse los idiotas frente a las demandas. Quienes revisan el tema, podrán confirmar o desmentir esto que menciono. La gran mayoría de demandas de casación, al menos en Colombia, se desechan porque el cargo no es claro, y por ende, no está técnicamente bien formulado. Bajo ese entendido, el mensaje al pueblo es: “como no entiendo, no fallo”. Este mensaje, sigue tan vigente hoy, cuando se escriben cientos de libros sobre el debido proceso, sobre el acceso a la administración de justicia, y mientras se profieren fallos de tutela a diario sobre estos temas.

La psicología del incumplimiento, como dije al principio, es una forma de concebir el mundo. Realmente, cuando se expide una ley en la que se ordena que el término probatorio se evacue en una sola audiencia, no lo creen ni los sujetos procesales, ni los funcionarios encargados de adelantar los procesos. Resulta extraño que, al menos en Colombia, ocurran tres situaciones en un viaje en avión: que el avión llegue a tiempo, que el avión salga a tiempo, que el equipaje de uno llegue a la ciudad de destino. Normalmente, uno o más de estos no se dan por diversos motivos. La gente está acostumbrada y por ello, en vez de esperar en la sala con una antelación de un hora y media, ingresan con 10 minutos de antelación, por si acaso esta vez el avión sí llegó a tiempo.

Quien formule un derecho de petición, debe simultáneamente ir contratando a un abogado especializado, para que vaya proyectando una demanda de tutela por vulneración del derecho de petición, en la mitad de los casos, es probable que debamos recurrir a este mecanismo. En la otra midad, el abogado ya cuenta con un modelo para formular la demanda, y probablemente en un plazo no muy lejano, la utilizará.

En materia económica, la cultura del incumplimiento está tan arraigada, que incluso ya le tenemos nombre anglo (que son los realmente chéveres), a la práctica de pedir prestado para pagar deudas. El famoso roll-over de la deuda, es una práctica común que sirve para dar respiro al presupuesto, hundiéndolo más, al mediano plazo. No siempre implica incumplimiento, pero casi siempre sí lo implica. Pagar deuda con deuda no funciona por sí mismo, si no va de la mano con otros mecanismos realmente serios para recortar el déficit. Es decir, dilatar el incumplimiento no es lo mismo que solventar el cumplimiento. La filosofía del pretexto jugando en llave, otra vez, con la psicología del incumplimiento.

En este país, ante la comisión de una falta, preferimos incurrir en otra, sobornando al policía, destruyendo pruebas, o calumniando a otros, que asumir la responsabilidad por el hecho propio. Parece ser que respecto de este producto no podemos solicitar la denominación de origen, porque la práctica es mucho más común de lo que se cree. Sería interesante conocer algún estudio sobre la globalización de la vagabundería. Quien conozca alguno, por favor me avisa.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Una de las cosas que más me parece jodida sobre el tema con el que comienzas este post, es que tras ese negocio seudo-jurídico -como ocurriera en su momento con las acciones populares (o como quizá sigue ocurriendo)-, viene una consecuente desvalorización de instituciones jurídicas que ejecutadas conforme a Derecho son verdaderamente valiosas para una sociedad.

(Maldito... mil veces maldito, que sus huesos no hallen nunca descanso en lo más profundo del averno, aquel quien alguna vez popularizó que "hecha la ley, hecha la trampa").

Saludos!

Gaviota dijo...

De acuerdo. Las acciones populares han despertado ese "solidario" que hay en todos nosotros, ahhhh, y además con alguna retribución pequeña.

Esa sabiduría popular a la que haces referencia, que podría complementarse con "el que las hace se las imagina", y con otro bello coctel de refranes antijurídicos liderados por "el vivo vive del bobo" hacen que nuestro estilo antijurídico de vida, sea inviable.

Gracias por el comentario, y nos estaremos leyendo.