Hace algunos días, recibí un tweet de Jorge Paradas (@jorgeparadasg) en el que me preguntó lo que pensaba acerca de el proyecto de ley que modifica el arancel judicial. Se trata del proyecto de ley (el Proyecto 224/12 - Senado) que busca regular el pago del arancel judicial, que se destina a gastos de inversión en la administración de justicia.
Mi respuesta, en su momento, es que me parecía que la reforma del arancel judicial tiene sentido, pero que no me gustaba la manera como lo habían regulado. Antes de proceder a la explicación del mismo, conviene resaltar que este proyecto ya ha sido aprobado por el Congreso de la República, y está pendiente por sanción presidencial. Para revisar el texto, se puede revisar la Gaceta del Congreso (la gaceta 429 de 2013) que se encuentra disponible en la página de la Secretaría del Senado en donde es posible consultar todo el trámite del proyecto.
Retomando, explico los pros: Lamentablemente, la justicia no cuenta con un presupuesto "justo" (por no decir completamente indecente). Esto se debe a que en Colombia se espera que la justicia sea instantánea, y que se de por arte de magia. Los gobernantes le exigen mucho, pero le dan poco. Tiene sentido que quienes con sus reclamaciones se constituyen en usuarios de la justicia, deban contribuir a subvencionar parte de sus costos. Esto, sin embargo, tiene un contra-argumento poderoso: los colombianos ya pagamos los gastos de la justicia, y de seguridad, y de inversión, con nuestros impuestos. Sin embargo, al igual que al pagar un peaje estamos contribuyendo al mantenimiento de la red vial, asimismo tiene sentido que los usuarios ayudemos a sufragar costos de la justicia, destinados a inversión.
Hasta allí llega mi acuerdo con el proyecto. Como se observa, la ley obliga a que se pague un 1,5% del valor de las pretensiones (la ley está básicamente enfocada a ser pagada por quienes presentan demandas con pretensiones dinerarias - es decir TODAS, salvo las expresamente excluidas, que son muchas). En la práctica, se trata de procesos por responsabilidad contractual y extracontractual, además de algunos otros. Se trata de ese tipo de procesos que nos afectan a todos a diario, pero que no salen en la prensa. Esos procesos respecto de los cuales el estado no los ve como un problema de política pública, sino como un asunto entre ciudadanos -y también entre ciudadanos y el Estado-. Según estas cuentas, si uno presenta una demanda por 100 millones de pesos, debe pagar el arancel judicial antes de presentar la demanda, que equivale a 1,5 millones de pesos, además de los costos de abogado que son inherentes a cualquier proceso judicial.
Imagen tomada de: www.viajaraargentinahoy.com.ar
El proyecto excluye del pago a las personas naturales que no deben declarar renta. Sin embargo, cada vez son más los ciudadanos que deben pagar renta. Así que esta medida está destinada a desincentivar el acceso a la justicia civil y administrativa por parte de estas personas. En otras palabras, se trata de una medida que exprime a los ciudadanos de la clase media, uno de los puntos que desde hace mucho tiempo se ha diagnosticado como un gran problema de este país.
Suponiendo que funcione la medida, se presentan varios problemas no resueltos. En primer lugar, se trata de una medida excluyente y no incluyente. Se trata de una medida que restringe el acceso a uno de los servicios por los cuales el Estado existe desde un principio (vean a los filósofos políticos contractualistas, y los teóricos del Estado). Veo que con ello se benefician los grandes bancos y entidades financieras que tienen el suficiente músculo financiero para ver esto como un gasto contingente y no como un problema de acceso a la justicia. Finalmente, casi en todos los casos son demandantes en procesos ejecutivos y el día de mañana recibirán ese dinero a título de costas. El ciudadano del común, que pelea por el incumplimiento del contrato, por no haber recibido el pago de un título valor que poseía legítimamente, o incluso por querer exigirle al Estado la reparación por la responsabilidad generada por el Estado, es el que está siendo excluido. Esta imagen me parece desoladora, y generadora de mayor inequidad.
Pensemos en el caso extremo, recientemente presentado en un artículo de la Revista Semana, titulado "Justicia Empapelada". En este caso, seguramente el demandante no presentaría una demanda por un trillón de pesos contra el Estado si supiera lo que le costaría presentar una demanda por dos mil trillones de pesos (son 35 trillones de pesos a título de arancel judicial). Quizá en ese caso, aplaudimos. Sin embargo, si mi familia es muerta por errores del Ejército, y ello pudiese generar una indemnización de 1.000 millones de pesos, ese ciudadano debe pagar de entrada 15 millones de pesos, al mismo título. Además de la culpa del Estado por la muerte, ese ciudadano o ciudadana debe seguir pagándole al Estado, simplemente porque sus dirigentes tienen problemas de distribución del presupuesto.
Suponiendo que la medida no funcione, serán únicamente los ciudadanos honestos los que paguen el arancel como corresponde, y los demás, pasarán "de agache". El problema, es que la ley no nos da indicios de cómo sería que el Estado controlaría esta medida, razón por la cual parecería que el caso recién expuesto sería la situación a prever. ¿Cómo sabe el funcionario de reparto que Gaviota Jurídica ha declarado o no renta el año anterior? Ni idea. Esto hace la medida aún más injusta de lo que ya sería si funcionara. Se trata de un impuesto indirecto sumamente cuantioso, aunque técnicamente digan que no es un impuesto. El Estado colombiano anda sumamente preocupado por recaudar más, y por tener más, y no parece importarle de donde sale esto.
Si queremos ver, en cambio, para donde va esto, la respuesta es: el nefasto Consejo Superior de la Judicatura, compuesto por políticos y no por juristas. Además, así fueran abogados probos, no son ellos los que saben administrar nada. Mucho dinero ha perdido el erario público por cuenta de esta Alta Corte, y le queremos seguir asignando más. Tampoco nos dice la ley cómo controlaríamos ese gasto.
En consecuencia, resulta claro que la ley del arancel judicial es simplemente una forma cómoda de seguir exprimiendo a los ciudadanos que no reciben una justicia pronta, pero que deben pagar si quieren añorar con tenerla. Como le dije a Jorge Paradas, la medida tiene sentido, pero está muy mal regulada. Me sostengo en mi respuesta, y me da pesar que la justicia se siga viendo en términos de pesos ($). En términos reales, si es eso lo que la justicia requiere, deberían pensar en un modelo de CONPES, como forma de planear una inversión estable para desatrasar la inversión en el sector justicia. Sin embargo, allí hay otro problema: los CONPES se han popularizado tanto, que se han tornado en inservibles (en muchos casos, en otros no). Sin embargo, siendo conscientes de lo que se quiere, el Gobierno debe ser más consciente y buscar solucionar internamente el problema presupuesta, y no seguir exprimiendo a los ciudadanos con leyes impositivas, seguidas de más leyes impositivas.
2 comentarios:
En pocas palabras el objetivo de este proyecto consiste en el establecimiento de medidas orientadas a resolver los problemas de congestión de la administración de justicia, las limitaciones fiscales del aparato jurisdiccional y la excesiva concentración de funciones jurisdiccionales en la judicatura. Para ello, se establecen regulaciones sobre el mecanismo de arancel judicial con el fin de que contribuya de manera significativa al financiamiento de nuevas herramientas administrativas y judiciales de descongestión y eficiencia de la Administración de Justicia. El proyecto determina que la Administración de Justicia será gratuita y su funcionamiento estará a cargo del Estado, sin perjuicio de las agencias en derecho, costas, expensas y aranceles judiciales que se fijen de conformidad con la ley. Los recursos recaudados con ocasión del arancel judicial serán administrados por el Fondo para la Modernización, Fortalecimiento y Bienestar de la Administración de Justicia.
Como lo demostró la Historia, este proyecto era una locura.
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