miércoles, 16 de septiembre de 2009

¿El apego irrestricto a la ley (derecho) es indeseable?

La pregunta lleva cociéndose a fuego lento en mi mente desde hace un par de días, cuando leí el post titulado “Gracias Ronaldo” que publicara el famoso profesor Roberto Gargarella en el Blog de Seminario de Teoría Constitucional y Filosofía Política. En este ingreso, Gargarella nos cita un artículo publicado por el mundialmente conocido Ronald Dworkin titulado “Justice Sotomayor: The Unjust Hearings” (al que pueden acceder haciendo click aquí.

Gargarella da gracias a Dworkin porque a pesar de su veteranía en estas luchas, considera él que ha ayudado a entender el derecho en su verdadera dimensión, desligándolo de otras mordazas falsas que hacen daño. En cuanto a esto último, considero de indudable valor la propuesta de Dworkin en muchos sentidos. Debo admitir aquí que no conozco una importante porción de su obra, y bajo ese entendido, sería absolutamente pretencioso intentar calificar a Dworkin. Si debo revisar, sin embargo, la postura de este autor en el ya mencionado artículo, que ha sido elogiado ya por el respetado profesor Gararella.

Ingreso a revisar el artículo citado por el profesor argentino, y me enfrento con una interesante argumentación que tiende a demostrar que aceptar abiertamente que un juez ha de apegarse irrestrictamente a le ley es una farsa, y más aún si viene de un juez. Señala Dworkin que un juez no podría sincera y válidamente declararse frases como la siguiente:

“Fidelity to law, as such, cannot be a constitutional philosophy because a judge needs a constitutional philosophy to decide what the law is.”

En traducción personal (no oficial), el texto señala lo siguiente:

“La fidelidad a la ley (al derecho), no puede ser una filosofía constitucional porque un juez necesita una filosofía constitucional para decir qué es la ley (el derecho)”.

Dworkin destaca algunos apartes de las respuestas que ha tenido que dar Sotomayor para agradar a los congresistas republicanos. Denota algunas inconsistencias en algunas declaraciones que ha tenido que dar a lo largo de la vida, frente a las que ha debido presentar ante la inquisición republicana en el Congreso. Finalmente, luego de dar a entender a través de sus ejemplos, que realmente se trató de un patético show en el Congreso, que obligó a Sotomayor a ser políticamente correcta, a pesar de poseer ideales claros respecto de temas específicos que seguramente hará valer al interior de la Corte Suprema.

Un punto interesante, respecto del cuál comparto algunos de los postulados enmarcados por Dworkin hace referencia a la importancia que puede tener el derecho comparado como fuente de posturas jurídicas internas. En el artículo, se muestra cómo la discusión se suele circunscribir al derecho extranjero como precedente a nivel de derecho interno. Personalmente, considero que esa discusión fue indebidamente enfocada por Dworkin, puesto que

“We share traditions, problems, and challenges with many other nations with similar cultures, and the fact that almost all of them have concluded that certain individual rights are of fundamental importance provides a reason, though of course not necessarily a decisive one, for us to suppose that it is of fundamental importance for us too. We should always carefully reexamine our own moral convictions when we find that no one else shares them. Of course this use of foreign law assumes that interpreting our Constitution requires conviction, and that is what the myth of "fidelity to the law" denies. Apparently the Republican senators will demand that all future nominees abjure any serious use of foreign legal materials; the result might well be to make our constitutional practice more insular, to our cost. We pay an increasingly heavy price for our stubborn fidelity to a foolish myth.” (Negrillas por fuera del texto original)

En otra traducción personal (no oficial), el texto señala lo siguiente:

“Nosotros compartimos tradiciones, problemas y retos con muchas otras naciones con culturas similares, y el hecho de que casi todas ellas hayan concluido que ciertos derechos individuales son de fundamental importancia provee una razón, aunque por supuesto no necesariamente una decisiva, para que podamos supones que es de importancia fundamental para nosotros también. Siempre debemos reexaminar cuidadosamente nuestras propias convicciones morales cuando encontramos que nadie más las comparte. Por supuesto que este uso del derecho (ley) extranjero asume que interpretar nuestra Constitución requiere convicción, y eso es lo que el mito de la “fidelidad a la ley (derecho)” niega. Aparentemente los senadores republicanos exigirán que todos los futuros nominados abjuren cualquier utilización seria de materia jurídico extranjero; el resultado bien puede ser hacer que nuestra práctica constitucional sea más insular, a costa nuestra. Pagamos un crecientemente elevado precio por nuestra terca fidelidad a un mito tonto.” (Negrillas por fuera del texto original)

No niego la grandeza y agudeza intelectual de Ronald Dworkin. Es un gran jurista y sus lecciones merecen consideración. Sin embargo, me preocupa, en nuestro medio que se caracteriza por copiar (Ctrl + C) y pegar (Ctrl + V) los conceptos jurídicos de los grandes pensadores extranjeros –sin siquiera corregir los posibles errores de sintaxis– que se incentive tan peligrosa actividad como la que propone Dworkin. Seguramente, a estas alturas, muchos estarán molestos por la anterior afirmación, pero intentaré expresar mi punto de vista al respecto, para retomar la idea de por qué es peligrosa la afirmación, en nuestro contexto.

Colombia pertenece, o al menos pertenecía (sin lugar a dudas), a una escuela jurídica de raigambre latina así como romano-germánica. Más allá de lo que implica este caldo de conceptos, sí podemos extraer que en nuestro medio, ley, sentencia y acto administrativo son cosas completamente diferentes. Cuestión diferente es que nuestra Constitución le conceda ciertos efectos especiales en algunos casos a cada una de ellas. Sin embargo, teníamos claro que los jueces estaban sometidos al imperio de la ley.

La cuestión empezó a cambiar a raíz de la ambigüedad de las normas de la ley estatutaria de administración de justicia, que en términos bastante vagos, le daba permiso a la Corte Constitucional para darle efectos específicos a sus sentencias, más allá de los genéricos. Desde este punto de partida, se empezó a generar legislación negativa, postivia, condicionales y demás a través de sentencias cuyos efectos eran decididos por los mismos jueces que las proferían. La discusión, en términos reales, no ha cesado, pero existe al menos cierta adaptación del mundo jurídico colombiano a esta realidad.

Ahora, la Corte Suprema de Justicia, que aún no se repone por el hecho de no ser ya ‘suprema’ y que tampoco se repone del hecho de que sus egos inflados puedan ser siquiera cuestionados por otros individuos, últimamente han tomado determinaciones que nos permite concluir que sus interpretaciones pueden estar incluso en contravía de la ley. Ese es el problema cuando en un sistema donde ley NO ES sentencia (precedente), el juez se cree creador de ley. En el caso anglosajón eso es lo deseable. El derecho se forma a partir de los casos concretos decididos homogéneamente.

Actualmente, en Colombia nos encontramos en una etapa donde partíamos de la igualdad ante la ley, y bajo ese presupuesto, ya todos estábamos homogeneizados. Ahora, el problema es que nuestros deciden para cada caso, CUAL ley es la que habrán de aplicar. Eso, sin lugar a dudas, constituye un peligro increíble, que lamentablemente ya no es inminente sino actual.

Por eso, no puedo compartir el sentimiento de profunda gratitud de Gargarella porque Dworkin pretenda desmontar el “mito” del apego a la ley. Cuando el mito existía, la justicia era consecuencia de la aplicación del derecho. Ahora, cuando el mito no es más que un pretexto para escribir monografías de filosofía del derecho, y dictar un par de clases, la justicia es la consecuencia de lo que una manada de ‘Honorables’ dicen que es. Realmente lamentable. Al menos, hubiese sido interesante que la mayoría de ‘Honorables’ fueran realmente honorables.
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viernes, 11 de septiembre de 2009

Blanco y Negro

No es mucho lo que puede hacer el ciudadano frente al poder del Estado. El Estado de derecho, al menos en el país, está muerto, como lo ha estado desde hace mucho tiempo. Al menos, desde que nació mi alter ego. Me encuentro con dos ejemplos de basura estatal, y no sé cuál de los dos es más grosero y asqueroso. ¿Cómo decidir por donde iniciar? Juguemos a los abogados: “Primero en el tiempo, primero en el derecho”.


Devolución de Procesos por parapolítica a la Corte Suprema de Justicia:

Recientemente, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en una cerrada votación de 5-4, modificó el criterio judicial que había adoptado desde hace mucho tiempo, en lo atinente a la modificación del fuero constitucional por renuncia al cargo. Habitualmente se suele sostener que el fuero es una consecuencia de una circunstancia personal, que permite que cierto individuo sea juzgado por determinado juez, independientemente del asunto sobre el que verse. En materia penal, el fuero puede ser de juzgamiento, de investigación, o de las dos clases.

El caso que nos ocupa hace referencia al fuero de los congresistas, fundado en el artículo 235 de la Constitución de Colombia. Conforme a ese artículo, para efectos de investigación y juzgamiento de delitos cometidos por congresistas, será competente para ambos casos, la Corte Suprema de Justicia. En realidad, lo que inicialmente se previó como una garantía de justicia en la Constitución de 1991, se convirtió en un pánico escénico por parte de cualquiera que se le mida a intentar defenderse ante el sanedrín de ‘honorables’.

En efecto, teniendo en cuenta que la Corte Suprema de Justicia inició el partido de bolos con varias moñonas consecutivas, muchos de los prospectos a ser los próximos atropellados por el poder de la justicia colombiana, decidieron arriesgarse a medir su suerte frente a la Fiscalía General de la Nación, y no frente a los ‘Honorables’ infalibles. Para ello, partieron del supuesto de que el fuero previsto por el artículo 235 de la Constitución es consecuencia del cargo, al no ostentar el cargo, se pierde el fuero, o mejor, se transforma de un fuero pleno a un fuero funcional (TRADUCCIÓN: Cuando se deja el cargo, por cualquier motivo, la facultad de investigación y juzgamiento de la Corte Suprema de Justicia cambia su naturaleza, pues inicialmente podría conocer de cualquier delito que pudiere cometer el congresista, relacionado o no con sus funciones, a conocer únicamente de aquellos delitos que pudo cometer en virtud o con ocasión de sus funciones).

Los ‘Honorables’, en un ataque de indignación, al ver que sus ganado de engorde se estaba trasteando de un corral a otro menos lúgubre, consideraron oportuno modificar su postura. Ahora, ‘ellos’, ungidos por un poder superior que los convierte en los únicos garantes de justicia y rectitud, no pueden dejar de conocer de las investigaciones de los congresistas, así ellos renuncien a su fuero. Recordemos que todos ellos publican libros y dictan clases sobre las bellezas del galantismo penal, y al llegar a su oficina en el Palacio de Justicia, recuerdan que absolución es sinónimo de impunidad, y que ellos son la última defensa contra la impunidad. Este razonamiento lógico los lleva a que para poder atacar la impunidad, deben condenar y condenar, independientemente de los métodos utilizados y los raciocinios lógicos empleados.

Con fundamento en esta obra jurídica, que nos permite recordar con vividez aquellos laboriosos escarabajos peloteros, verdaderos artesanos e incansables trabajadores, algunos jueces especializados han empezado a devolver procesos que se encuentran en etapa de juicio, la fiscalía también piensa devolver los procesos en fase de investigación previa y de instrucción, e incluso piensa enviar procesos precluidos para que la Corte Suprema de Justicia revise el asunto.

Sí, señoras y señores. En unos meses, debemos volver a las aulas universitarias para aprender que la prohibición del non bis in idem se encuentra superada, que la cosa juzgada es asunto de los que manejan procesal civil, y que eso del juez natural es un excelente tema para escribir articulitos y darse a conocer en el medio. Lo verdaderamente importante es que el fuero no es una garantía procesal sino una carga para el aforado. Lo segundo más importante es que la Corte Suprema de Justicia actual, acaba de inventar que puede contravenir sus propias decisiones, en el momento en que le plazca. Olvidémonos de aquello que decían los profesores viejos, respecto de que las providencias dentro del proceso constituyen ley del proceso. Ahora la Corte, postmoderna, ha inventado la derogatoria de las leyes del proceso. Fabuloso.

Ah, y jugando a la futurología, les apuesto a que dirán, si deciden reasumir la competencia, que sí existe prórroga de la competencia en materia penal, que NO hay nulidad de las investigaciones por ser adelantadas por otros funcionarios, y que la Corte “observa” que todas las garantías constitucionales y legales han sido observadas. Como han aprendido de los escarabajos peloteros.


Detención de correo humano con pruebas de supervivencia:

Hace algún tiempo, cuando tuve la oportunidad de leer la última edición del “Manual de derecho penal” de Eugenio Raúl Zaffaroni (lo siento, pero me cuesta mucho pretender tratarlo de ‘Zaffa’, como si fuera mi amigo de la infancia) quedé sorprendido ante el bajo concepto que tenía el profesor argentino acerca del poder del Estado. Revisar la clara diferenciación que hace entre el derecho penal y la ley penal, con varias consecuencias prácticas, encuentra uno una serie de ejemplos que generan desesperanza para quienes confían aún en el Estado.

Luego de este encuentro con el texto de Zaffaroni, miembro de la Corte argentina, tuve la oportunidad de revisar un par de entrevistas concedidas por él, refiriéndose al proceso penal y a la tutela de los menores en el derecho penal. Sus argumentos sobre cómo los protegidos llegan a ser realmente maltratados por el derecho y por el Estado, me pareció sumamente interesante, a pesar de no compartir enteramente su punto de vista. Por último, he tenido la oportunidad en recientes días de revisar un artículo de Zaffaroni sobre “La pena como venganza razonable”, al que tuve acceso a través del blog Cuestión penal y criminológica, y encuentro igualmente esa postura crítica hacia el Estado.

Para quienes no hayan tenido la oportunidad de conocer la postura de Zaffaroni, plantea una dicotomía entre el Estado de policía y el Estado de derecho, y manifiesta cómo siempre la restrictividad tiende a llevarnos al Estado de policía, contrario a lo que uno pudiera pensar.

El día de ayer tuve la oportunidad de escuchar a un amigo hablar sobre una noticia que vio en televisión acerca de cómo el mensajero enviado por las FARC para traer las pruebas de supervivencia a Bogotá, fue aparentemente detenido de forma ilegal por funcionarios del Estado, quienes violaron una gran cantidad de garantías fundamentales del capturado, entre ellas la de no mantenerlo aislado, no presentarlo ante el juez de control de garantías dentro de las 36 horas siguientes, no realizar inspecciones corporales sin previa orden judicial, y una ‘bien pequeña’ cual es la de no detener a alguien que no tiene orden de captura en su contra.

Confesé en su momento no conocer del asunto, así que decidí documentarme un poco. Me encontré, entre otros artículos, con el siguiente, que contiene un video sobre la nota que apareció en el noticiero de Caracol. Más allá del discurso regañón de la juez, comparto el proceder de la funcionaria.

Nada de lo que el detenido relata resulta sorprendente aquí, donde el poder que han adquirido las fuerzas militares y los organismos de seguridad es tal, que les ha dado alas para abusar del poder. No en vano tenemos escándalos por ‘chuzadas’ pasadas y ‘chuzadas’ presentes en el DAS. No en vano hay escándalos por falsos positivos, y no en vano vemos también que Ejecutivo y Congreso negocian proyectos de ley de manera non sancta, mientras los Magistrados quieren demostrar que ellos tienen más poder que todos los demás. Ese es el juego de poder. Unos se ferian el patrimonio que el pueblo subempleado y desempleado pone en manos de los dirigentes, y los otros amedrentan en nombre de la justicia.

Por ello, desde una óptica en abstracto, y bajo la premisa de que la juez obró de conformidad con los elementos materiales probatorios a los que tenía acceso, aplaudo su decisión, que seguramente no será muy popular. Los jueces, no obstante, no deben ser populares, no deben ser carismáticos. Los jueces tienen que ser justos y éticos. No más.

Me encantaría afirmar que las cosas buenas y malas en la justicia se dan por igual, y que estamos ante una constante tensión y equilibrio entre el Ying y el Yang, pero siento que cada vez parece más como la imagen con la que finalizamos esta entrada…


Imagen tomada de: http://anime-juegos-peru.blogspot.com
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domingo, 6 de septiembre de 2009

C

Definitivamente, el fenómeno del blog es fabuloso. La posibilidad de hacerse visible en la red mediante un espacio en el que el contenido es escogido por el administrador del blog, y no por terceros, es algo que continúa generando en mí un cierto interés especial. ¿Qué tanto se puede hacer allí? Todavía nos encontramos definiendo linderos, conociendo nuestros propios alcances.

En esa interminable labor de exploración, procedemos a elaborar contenido periódicamente, buscando estilos de redacción, de compartir información con terceros, y con ideas por plasmar. Sin duda, en esta labor se padece frecuentemente de cierto estreñimiento mental, con síntomas claros que ya han sido tratados de mejor manera por otros compañeros bloggers. Luchar contra este mal es complicado, porque comer alimentos con fibra no ayuda en nada. En otras ocasiones, el problema es el opuesto. ¿Cómo abordar un tema sin ser demasiado extenso? Confieso que me ha ocurrido más este problema que el anterior, y sigo sin aprender la lección, como lo he demostrado al redactar la crónica de Gaviota sobre el 1er Encuentro de Blawgers.

Entre tanta discusión virtual, y habiendo transcurrido un poco más de un año desde que inauguré este espacio, he llegado a mi ingreso número cien. Cien ingresos que han tratado diferentes temas, enfocados en la crítica a la justicia, con matices de política, derecho y algunos otros temas específicos. Cien ingresos en los que he tenido la oportunidad de escribir el equivalente a doscientas veintisiete páginas en formato Times New Roman (12). Cien ingresos estructurados sobre la interrelación de ciento veintitrés mil novecientos cincuenta y siete vocablos ubicados de una u otra manera para plasmar ideas específicas. Cien ingresos, cien ideas, cien propuestas, cien… cien… cien.

De acuerdo. Escribir cien ingresos no es motivo de celebración. Es motivo para reafirmar que al menos he sido mínimamente consistente con la idea de manejar un blog con actualizaciones periódicas. Esa C debe llegar rápidamente a convertirse en una D. Bueno, tal vez no tan rápido, pero hacia allá debemos llegar, construyendo una D a partir de aportes y de discusión, y de un incansable vuelo contra la corriente fétida.

Estoy convencido que la corriente fétida estará allí, colaborando con lo suyo: enrostrando de manera grosera y violenta todos los fenómenos del rastrero día a día. Lo ha hecho esta semana, con aquél engorroso tema del referendo reeleccionista. Escuchen estas palabras del Ministro del Interior y de Justicia (¡!), Fabio Valencia Cossio que aparecen publicadas en la página web del diario El Espectador.

La Cámara de Representantes interpretó el sentimiento mayoritario de los colombianos. ¿Cuál de todos? Dejo un listado de opciones para que quien así lo quiera, publique su opinión en este espacio:

1) Vota, incluso si te consideras impedido. Eso es patriotismo.
2) Déjate convencer. Como diría un comercial de televisión bien conocido “La meta la pones tú”.
3) Reparte el patrimonio público. Mejoremos el coeficiente de Gini en Colombia.
4) Pon tu granito de arena. Eso de los pesos y contrapesos está pasado de moda.
5) “Reeleccionista o terrorista”.

“No tenemos ninguna duda, que todo se ha hecho de acuerdo a la Constitución y la Ley”

Esa debería ser la frase del año. Yo pensé que el ‘Cuentahuesos’ (famoso humorista colombiano) era bueno, pero el Ministro es mejor. Humor y cinismo es una llave ganadora. ¡Felicitaciones! Creo que el hermano mayor demuestra por qué era el líder de la camada de los Valencia desde el principio.

Por mi parte, simplemente expreso mi profundo sentimiento de gratitud a él y sus íntimos colaboradores. Son ustedes los que hacen que este espacio sea posible y viable. Son ustedes los que logran que en el lapso de un año, pueda escribir el equivalente a un libro de 300 o más páginas. Son ustedes los verdaderos dueños de esta ‘C’ que hoy me honra.

Simplemente, gracias.
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