miércoles, 30 de enero de 2019

Manifiesto del machista postmoderno

La sociedad postmoderna se nos revela extraña y libertaria.  Nada es lo que debería ser y cada vez se nos revela que el ser, el momento, lo concreto, supera toda consciencia y noción del deber ser.  Con Hegel se decía que la modernidad exigía un proceso de autocersioramiento, y que en virtud de ellos, ella (la modernidad) se jugaba según sus propias reglas. En esa modernidad, las realidades se fundaban en conceptos racionales y no en decisiones personales. En ella los conceptos de hombre y mujer, así como las relaciones de poder existentes entre ellos tenían un respaldo histórico para el hombre frente a un discurso racional/filosófico de la mujer para reivindicar sus derechos, tantas veces menospreciados.

Ya Habermas y Lyotard nos daban pistas para entender que también la modernidad -a la que ellos mismos también se refirieron- fue superada por la postmodernidad, en donde nada es lo que en principio parecía que debía o parecía ser. Es en este contexto, el de lo postmoderno en el que el hombre, o mejor, el varón, debe volver a replantearse su rol en el mundo, en la sociedad, y en su propia vida.  Lo anterior, dado que la ontología feminista ha mutadoo y actualimente ubica al varón en un nivel evidentemente inferior al suyo, responsable de un sinfín de desgracias que se le atribuyen históricamente (con razón), para legitimar toda una respuesta social que lo ubica hoy en día como alguien inherentemente malo (sin razón).  El hombre postmoderno no es hoy lo mismo que era a partir de la modernidad, al menos no para ellas.  La narrativa feminista postmoderna, que también es muy distinta de la narrativa feminista moderna no busca ya igualdad y respeto para la mujer sino preponderancia y supremacía, basados en una noción de desprotección de la mujer, concepto a priori que en muchos casos merece ser severamente cuestionado.

Si miramos históricamente las grandes gestas políticas en pro de la libertad, encontraremos que en ellas existe una necesidad inaplazable de sentar principios fundamentales sobre el porqué de estas decisiones liberales.  En la declaración de inependencia de los Estados Unidos se proclama el principio de igualdad, junto con el reconocimiento de derechos inalienables tales como la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad.  También con la proclamación de la Constitución de la Primera Republica francesa entendió que el olvido y desprecio de los derechos naturales del hombre eran las causas de los males del mundo, mal que debía ser remediado.  Es por ello que en la realidad actual, también el hombre, aunque el feminismo postmoderno no lo considere así, merece ser feliz y merece ser respetado.

La sociedad impulsada por el feminismo postmoderno ha logrado importantes avances en sus derechos, y nada resulta más encomiable.  Sin embargo, cuando dichos avances implican el desconocimiento o menoscabo de los derechos del varón, hasta allí deben llegar los comités de aplausos.  Nada existe que justifique la preponderancia de derechos de una mujer frente a un hombre, en contextos en los que deben ser tratados iguales.  La mujer no debe tener más credibilidad que el varón por el hecho de ser mujer, ni tiene por qué (ella sí) poder maltratar a sus parejas hombres generando orgullo en la sociedad en vez de repudio.  No es la mujer la única que tiene el derecho de gozar y explotar libremente su sexualidad.  También el hombre tiene ese mismo derecho, e igualmente debe ser protegido.  Así como no existe derecho alguno para tratar a "la mujer" como objetos sexuales o prostitutas por el hecho de que haya un grupo de mujeres que se traten a sí mismas, o sean tratadas por otros como tales, tampoco existe derecho alguno para que "el hombre" sea tratado como un violador o golpeador, por el hecho de que lamentablemente haya hombres que golpeen o violen.  Se trata de una falacia argumentativa conocida como la "generalización apresurada".


Imagen tomada de la cuenta de Twitter: @LosMaltratados


El "machismo postmoderno" como movimiento filosófico y social, es una necesidad también social para hacer frente a las agresiones verbales, físicas y discursivas que provienen de las defensoras del feminismo opresor: aquel que no busca reivindicar derechos y garantizar respeto sino que se regodea en reforzar una narrativa de la diferencia y del maltrato.  El machismo postmoderno debe hacer frente a esta narrativa que presume la legítima la defensa de la mujer frente al hombre, transformándolo en un agresor por definición, y que merece ser detenido y sancionado.  El machismo postmoderno ha de hacer frente a la ontología de ese feminismo postmoderno según el cual el hombre es un ser humano malo y la mujer es un ser humano bueno, por definición.  Este movimiento debe analizar críticamente las consecuencias de esta nueva ontología, como son por ejemplo la posibilidad de que el hombre -en su relación con una mujer- pueda ser acusado públicamente sin fundamento y que ello esté bien, que se le golpee o insulte sin que siquiera exista agresión previa, que se le prohiba insinuar o manifestar sus gustos y deseos sexuales porque sólo hoy en día la mujer puede hacerlo de manera libre.

En un momento histórico en el que la política, los medios de comunicación y las intituciones cada vez apuntan más a normalizar la narrativa violenta y opresora hacia los varones, debemos revaluar los conceptos de lo moralmente correcto, de lo justo y de lo bueno, y analizar en qué momento el varón, por el simple hecho de existir, se convirtió en un ser que debe ceder en sus derechos y garantías frente a las de una mujer, por el simple hecho de ser mujer.  El machismo postmoderno es el de lucha por el respeto y por la igualidad, lo que el feminismo alguna vez fue y siempre debió haber sido.  El machismo postmoderno es aquel que no parte de la victimización para legitimar una andanada de arbitrariedades hacia la mujer, sino aquel que reconoce en el hombre un par, un igual, un ser con libertades, derechos y deberes, aquel que también merece la felicidad, y no solo merece condenas penales y sociales en su contra, por el hecho de ser y actuar como hombre.
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viernes, 18 de enero de 2019

El monopolio de las armas del Estado

Siempre me han escuchado decir -quienes me conocen en persona- que en Colombia cada vez queremos formar más profesionales, especialistas, magísteres y doctores para que vengan a pontificar en el país con la teoría extranjera que más les parezca.  Se trata de una "academia telescopio", que le gusta investigar hasta la saciedad a autores cuyas obras son conocidas y difundidas, pero que es incapaz de ver por fuera del estrecho campo de acción de los lentes del telescopio.  Esa academia telescopio tiene su hermano gemelo en la "política telescopio" que se dedica a decir que aquí debemos hacer (o no hacer) algo porque en el país favorito del orador, ya lo han hecho (o dejado de hacer) con éxito.   "Es que en X país han implementado ese modelo con éxito", es lo que escucharemos decir constantemente.

Pongo este tema sobre la mesa, porque me sorprende de qué manera, a pesar de que nuestra idiosincrasia nos lleva a ser así, seamos tan raros y contrarios en otras tantas.  Una de ellas es el derecho a portar armas. Vamos a realizar un breve repaso sobre un par de temas conceptuales fundamentales para centrar la discusión:

  • En principio, la teoría contratualista (especialmente la de Hobbes) planteaba que al celebrar el contrato social, las partes renunciaban a su derecho a gobernarse a sí mismos, y por lo tanto cedían un amplio cúmulo de derechos.  Tanto es lo que se cede, que el límite de derechos que permanecen es mínimo (en Locke, no tanto como en Hobbes).  Esto, entonces implica que a partir del momento de la celebración del contrato, surge la voluntad general (término técnico que se encuentra en "El contrato social" de Rousseau) que prevalecerá sobre la voluntad particular.  Una de las características que se genera con la generación de ese Leviatán (Hobbes) es el monopolio de la fuerza.
  • Si le metemos algo de economía a este embrollo resulta que el liberalismo clásico parte del presupuesto de que el Estado no debe entrometerse en las actividades de los asociados (término al que usualmente se hace referencia con el galicisimo laissez faire, laissez passer), razón por la cual el Estado no debe intervenir en la economía.  Del mismo modo, esto tiene repercusiones profundas a otro nivel y por ellos las constituciones que se denominan a sí mismas como liberales vienen estructuradas con un capítulo de derechos bien robusto.  Entre más liberal el Estado, más derechos.
  • Una de las tensiones principales que se presenta en las discusiones sobre la estructura del Estado suele ser la de cómo determinar el nivel de libertad de las personas vs. el nivel de intervención del Estado.  Entre más libertades y más derechos, menos posibilidad de garantizar un orden colectivo y hacer prevalecer la voluntad general.  Por el contrario, entre más intervención del Estado en todos los frentes, menos libertad.

En el tema del control de armas, el referente al que más se suele recurrir (como en todo), es a los Estados Unidos.  Este país cuenta con su Constitución, compuesta del texto original y algunas enmiendas que se han venido introduciendo a lo largo de los años.  Respecto del texto original de 1887, tan solo cuatro años después (en 1991), se proclamó la segunda enmienda a esa Constitución, que garantiza el derecho de las personas de tener y portar armas.


Imagen tomada de https://hemeroteca.vozlibre.com

En Colombia existe la tendencia a pensar que el partido demócrata nortemaericano es el verdadero guardián del liberalismo, mientras que el partido republicano es el más cercano al intervencionismo o autoritarismo estatal.  Eso, es tan cierto como falso.  Si bien los demócratas son muy radicales en cuanto a ciertas libertades individuales, no lo son en cuento a otras.  Por ende, encuentran ustedes temas como que defiendan el aborto, el matrimonio entre homosexuales (ambas libertades) pero que a la vez ataquen otras posturas como la libertad de portar armas o la libertad de empresa (también libertades).  El partido republicano defiende todo lo contrario.

En Colombia, actualmente ha revivido la discusión sobre si las personas deben tener la posibilidad de portar armas, o no.  La discusión, en esencia, se ha centrado en las posibles consecuencias nocivas de que en un país tan violento (a todo nivel) como el nuestro, tengamos derecho todos a tener armas.  Eso suena mal.  Pero también suena mal que cualquier "salvaje" pueda venir a robarme, matarme, violarme sin que yo pueda defenderme, y que dependa de la policía (cuestionada), fiscalía (cuestionada) y jueces (cuestionados). 

Como se observa, la discusión dista de ser una simple batalla entre la derecha y la izquierda.  He demostrado de qué manera el pulso entre autoritarismo y liberalismo es relativo y se funda en temas específicos.  Por tanto, correspondería dar una discusión seria el tema, y evitar las tontadas de siempre como plantear esto en términos de Uribe y Petro.  El tema, hoy, cobra más vigencia que nunca, cuando el fantasma del terrorismo empieza a reaparecer.


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miércoles, 9 de enero de 2019

Por qué el Fiscal no debe ser (ni nunca debió ser) Fiscal




Imagen tomada de: https://pacifista.tv

Estructura del argumento:

Premisa 1 (premisa mayor): Las normas que supuestamente se debieron tener en cuenta para el nombramiento del Fiscal y para el análisis de posibles responsabilidades disciplinarias.

Néstor Humberto Martínez Neira, es (formalmente hablando) un servidor público.  En consecuencia, ser servidor público implica, o mejor debería implicar, el cumplimiento de ciertas reglas de juego de lo público.  Cuando hablamos de lo público, debemos inicialmente entender que en Colombia nos encontramos ante un modelo republicano que tiene implicaciones.  ¿Cuáles?  Los invito a que revisen este texto interesante titulado "El concepto de república. Continuidad mítia y continuidad real". Para quienes no lo van a leer, les resumo: el concepto de república si bien no es del todo claro, en general se suele acudir a esa noción para diferenciar este concepto de aquellos regímenes donde el Estado y el poder están en cabeza de una persona, que dirige como le place.  Para otros muchos el término "república" se utiliza como un sinónimo de Estado, por lo que tanto país que se titula a sí mismo como "República de ...", en realidad lo hacen para saber que se trata del "Estado de ...".  Soy del criterio que el término "república" no es simplemente un término bonito, sino un concepto con contenido.

En Colombia, se dice que estamos ante un modelo republicano, que incluye la noción de que lo público se opone a lo privado, o mejor al interés privado de uno o unos.  Por esta razón, encontrarán que el ordenamiento jurídico está plagado de referencias a principios como la prevalencia del interés público, la transparencia, la responsabilidad, que todos ellos parten de la idea de proteger lo público.  Eso se funda en la protección de lo público, que a su vez se funda en haber acogido un modelo de república.

Eso explica normas como las que verán a continuación, y las cito, porque no todo el mundo las conoce:


Ley 909 de 2004 (sobre el empleo público y la carrera administrativa).

"ARTÍCULO 2o. PRINCIPIOS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.

1. La función pública se desarrolla teniendo en cuenta los principios constitucionales de igualdad, mérito, moralidad, eficacia, economía, imparcialidad, transparencia, celeridad y publicidad.

(...)"

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"ARTÍCULO 19. EL EMPLEO PÚBLICO.

1. El empleo público es el núcleo básico de la estructura de la función pública objeto de esta ley. Por empleo se entiende el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado.

(...)"


Ley 734 de 2002 (Código Disciplinario Único)

ARTÍCULO 22. GARANTÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. El sujeto disciplinable, para salvaguardar la moralidad pública, transparencia, objetividad, legalidad, honradez, lealtad, igualdad, imparcialidad, celeridad, publicidad, economía, neutralidad, eficacia y eficiencia que debe observar en el desempeño de su empleo, cargo o función, ejercerá los derechos, cumplirá los deberes, respetará las prohibiciones y estará sometido al régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflictos de intereses, establecidos en la Constitución Política y en las leyes.

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ARTÍCULO 23. LA FALTA DISCIPLINARIA. Constituye falta disciplinaria, y por lo tanto da lugar a la acción e imposición de la sanción correspondiente, la incursión en cualquiera de las conductas o comportamientos previstos en este código que conlleve incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones, prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses, sin estar amparado por cualquiera de las causales de exclusión de responsabilidad contempladas en el artículo 28 del presente ordenamiento.


Premisa 2 (premisa menor): Los hechos demostrados 

Señalé en mi entrada titulada "Por qué me importa tanto el caso de Jorge Enrique Pizano" lo siguiente:
Al ver lo que ocurre en su caso, el problema de fondo no es el caso Odebrecht.  El problema de fondo es qué hacemos con un funcionario que es capaz de engañar a sus "amigos", mentirle a la opinión pública, y maniobrar para favorecer al más fuerte a pesar de no ser lo correcto.  El problema que tenía Montealegre y que tiene en mayor medida Néstor Humberto Martínez, es que han sido tan conocidos y exitosos en su trayectoria profesional, que han tenido muchos clientes con honorarios multimillonarios pagados.  ¿A quién creen (en serio) que van a querer apoyar en un escenario de "investigar o no investigar"?
Es absolutamente claro que, como abogado, Néstor Humberto Martínez ha sido exitoso, y mucho. Es más, ha sido tan exitoso él, que ha logrado hacer de todo tanto a nivel público como a nivel privado.  De un gran cargo público, a su oficina, a otro gran cargo público, a su oficina, y a otro gran cargo público.  El concepto de puerta giratoria cobra más sentido en su caso; siempre se va y siempre vuelve.  Para que puedan verlos por ustedes mismos, revisen la hoja de vida de Martínez Neira que fue publicada dentro del proceso de candidatura para Fiscal General de la Nación.  A partir de haber dejado de ser Ministro de Justicia por primera vez (porque ha ejercido ese cargo dos veces), ha entrado y salido del ejercicio público al privado y de regreso al público, varias veces.  Ahora bien, su oficina no cierra, sino que funciona sin que él formalmente esté a cargo de la misma.  Entra y sale de su oficina, y cada vez que regresa, el poder de su firma de abogados crece cada vez más.  Si es o no cuestionable este comportamiento, lo dejo a criterio del lector.  Por mi parte, creo que sí lo es, pero es tan solo mi opinión.

El señor de la hoja de vida envidiable cuenta con todos los requerimientos formales para ocupar cualquier cargo que requiera una trayectoria jurídica prolífica.  Sin embargo, el nivel de descaro del "jurista" es igualmente envidiable.  Veamos las pruebas.


1.  Pilar 2 y Pilar 4 de la propuesta de Martínez Neira siendo candidato a la Fiscalía (Minuto 43:30 y 46:18 de la audiencia pública de candidatos a Fiscal General de la Nación):




2. Bolsillos de Cristal

A. Explicación de la página de la Fiscalía General de la Nación sobre qué es el plan de "Bolsillos de cristal" como eje de lucha contra la corrupción".

B. Plan Estratégico de la Fiscalía General de la Nación 2016-2020 Página 25 y subsiguientes para entender los objetivos de "Bolsillos de Cristal" como objetivo #2 del Plan Estratégico.  Por considerar especialmente importante, les cito lo que dice el literal f del numeral 12 de este documento, que viene en la presentación del plan:

f. Corrupción. La corrupción afecta la efectividad y la legitimidad de las instituciones. Por lo general, los actos de corrupción corresponden con prácticas generalizadas que son utilizadas por múltiples y variados actores—desde grupos armados ilegales y organizaciones criminales que cooptan el Estado, hasta clanes familiares que se alían con partidos políticos para beneficiarse de los presupuestos de funcionamiento y de inversión pública—. Las prácticas corruptas impiden lograr los objetivos del Estado, reducen y ponen en manos de unos pocos los recursos disponibles para fines colectivos, distorsionan el proceso de decisiones a favor de intereses particulares, contaminan el ambiente del sector privado y público, aumentan los costos de administración de bienes y servicios, debilitan el respeto por la autoridad y deterioran la legitimidad de las instituciones y la confianza ciudadana.

3.  Reportaje de Noticias Uno que incluye video de Jorge Enrique Pizano



Revisen especialmente:

a Minuto 3:34 a 3:50
b. Minuto 10:00 a 10:58.
c. Minuto 13:00
d. Minuto 14:45 a 18:20


4. Conversación revelada por el diario El Espectador con Jorge Enrique Pizano en donde el hoy Fiscal General de la Nación realiza una enunciación de delitos.

5. Personas relacionadas con los procesos de Odebrecht se mueren (o "los mueren").

No es relevante determinar si fueron o no asesinados.  Por supuesto que es mucho más grave que los hayan asesinado (como presumo yo), pero el simple hecho de que ser testigo del caso Odebrecht se convierta en un elevado riesgo de muerte natural, es en sí mismo problemático.

Conclusión:.

Néstor Humberto Martínez Neira, nunca ha debido ser Fiscal Genral de la Nación.  Su exitoso uso de la puerta giratoria hace que tenga demasiados potenciales conflictos de interés como Fiscal.  Si en este caso (solo uno entre muchos), en donde está tan documentado, ha sido imposible lograr que se aparte de la totalidad del caso Odebrecht, ¿cómo será con los que no están documentados?.  El simple hecho de que existiendo un claro conflicto de intereses se niegue a dar un paso al costado en la investigación, es muestra de que quiere estar allí como cabeza de la investigación.  ¿Por qué? ¿Para qué?  Tiene un sinnúmero de casos de trascendencia nacional para investigar.  El problema no es por protagonismo.  Es un claro incumplimiento del régimen de inhabilidades, incompatibilidades y de conflictos de interés.

Para esta gaviota es absolutamente claro, que el señor Martínez Neira sigue siendo defensor de los intereses del "Doctor Sarmiento" y compañía.  Al señor (Sarmiento) no se le investiga, no se le pregunta, no se le cuestiona.  Mientras siga siendo un defensor leal, el Doctor Sarmiento hará lo suyo y evitará que caiga.  A este tipo de situaciones es lo que en inglés se hace referencia como el establishment y en Colombia como "el sistema".  Los ciudadanos sin poder, somos meros peones con opiniones en el gran juego del establishment.  ¿Cómo investigar a un señor que es dueño de casi todo?  La respuesta:  No se le investiga.  Es lo que actualmente ocurre en el país, gracias a este exministro, exsuperintedente, exsuperministro, exmiembro de juntas directivas, superexitoso profesional del derecho y hoy Fiscal General de la Nación.

En vez de indagar por los lados del Grupo Aval, tal y como lo señalé en la entrada titulada "Análisis de retórica y oratoria - El debate a Néstor Humberto Martínez" (ver puntos 3, 4 y 8), ha utilizado indebidamente el poder como Fiscal para perseguir a sus contradictores.  Lo ha hecho, y lo ha aceptado.  Cuando se utiliza el poder para perseguir al que cuestiona, y no para investigar a quien debería hacerlo, es claro que ha entrado en ese juego de la corrupción, que tanto decía preocuparle.  En consecuencia, es un acto de descaro y cinismo sin igual, que siendo un corrupto, diga luchar contra la corrupción.

Retomo el inicio de esta entrada.  La función pública y el empleo público se fundan en una visión republicana del Estado.  Esto, necesariamente requiere que se acepte que en el Estado no hay un dueño, un amo y señor, sino que la brújula del actuar del Estado es el interés común.  Como creo haber demostrado aquí, Néstor Humberto Martínez Neira no es un republicano, no cree en el bien común y más allá de ser un hábil técnico del derecho, ha mostrado que carece de cualquier tipo de ética o moral suficiente para, en términos del maestro Angel Ossorio, ser llamado "un abogado".  Que se vaya, y que llegue alguien que verdaderamente maneje un modelo republicano de la función pública.  Que se vaya, y pronto.
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miércoles, 2 de enero de 2019

Lo que dejó el 2018 en el mundo jurídico

El año 2018 ha sido un año supremamente diciente desde la perspectiva jurídica.  Lamentablemente, el balance ha sido desastroso, a todo nivel, pero especialmente a nivel internacional.  A continuación, mi balance personal acerca de lo que ha sido este año:


1. El derecho internacional público no sirve

El derecho internacional público, aquel en el que la comunidad de Estados (inicialmente) se agrupan en torno a un ordenamiento jurídico consensuado entre ellos, para someterse a él, y garantizar el orden global y la concordia entre Estados, ha resultado ser en el 2018, más que en otros años, un instrumento esencialmente inútil.  Esto obedece a que en términos reales, los instrumentos internacionales (especialmente los multilaterales) son una declaración de intenciones.  Los Estados verdaderamente poderosos pueden burlarlas, o abiertamente desconocerlas sin mayor temor a nada. Casos, abundan:


Imagen tomada de: https://en.wikisource.org

* Muerte de Kashoggi:  Es claro que la corona de Arabia Saudita mandó matar a este "molesto" periodista.  Lo hizo en la embajada, en territorio de Turquía.  Pudo más los intereses económicos de Estados Unidos en su relación con Arabia Saudita, que la sanción por el asesinato de Estado cometido contra este periodista, que era un refigiado político "protegido" supuestamente por los Estados Unidos.

* Venezuela:  La definición de Estado suele incluir un conjunto de elementos a saber: 1) Conglomerado de personas (Nación); 2) Territorio; 3) Gobierno legítimamente instituido; 4) Reconocimiento internacional.  Venezuela actualmente carece del tercero, y a partir de Enero de 2019, la situación es peor.  No solo ocurre esto, sino que es el principal causante y responsable de cuanta posible violación de derechos humanos se pueda cometer.  Y a pesar de ello, la comunidad no hace nada, porque para estos casos sí prima el principio de soberanía de los Estados.

Curioso que en Afganistán, en Siria, en Irak, al parecer el tema de la soberanía no era tan importante.

* Rusia:  Rusia ha venido realizando movidas temporalmente espaciadas entre sí, todas tendientes a aumentar su poder a nivel mundial.  Ha envenenado a espías propios y ajenos.  Ha ocupado mar territorial de sus vecinos, ha inundado de armas a todos los "indeseables" de la comunidad internacional.  En fin, está jugando a meterse en todo lado, apoyando a los que no son, sin que nadie de la comunidad internacional le diga nada.  Lo hace, porque puede y quiere.

*Inmigrantes:  Nada más "soberano" para un Estado, que tener el poder de determinar quién entra a un territorio, o no.  El derecho internacional público parte de la soberanía de los Estados.  Sin embargo, las medidas adoptadas a nivel "internacional" tienden cada vez más a favorecer una flexibilización de la soberanía de los Estados, en pro de la salvaguardas de derechos de los inmigrantes.  El asunto me resulta interesante en la medida en que parece ser que el orden internaciona muta hacia algo menos estatalizado, pero en todo caso muestra que en sí mismo el derecho internacional es medio ilógico.


2. La justicia no se va a reformar institucionalmente hablando

Lamentablemente, tal y como lo sostuve en toda la serie de entradas relacionadas con la eventual reforma judicial, era difícil que una reforma judicial estructural se llevara a cabo en este gobierno o en cualquier otro.  Las razones son muy sencillas:  en un país violento y corrupto, es mucho mejor contar con una predecible "ley del más fuerte", que con una impredecible "justicia real".  En la medida en que la ciudadanía logre entender que en Colombia las altas magistraturas (y no solo a nivel judicial) no son para servidores públicos (en sentido exegético) sino para administradores del poder, se puede entender que algo tan claramente diagnosticado pueda llegar a fracasar tan reiteradamente.

Toda reforma judicial desde que tengo uso de razón, se ha centrado en negociar con los administradores del poder judicial cómo redistribuir el mismo, de forma tal que parezca que la "ley del más fuerte" va a cambiar.  Al ciudadano no le importa que creen instituciones o cambien otras instituciones que esencialmente hagan lo mismo que lo que ya hay.  Al ciudadano no le interesa que se creen o se quiten nuevas instancias judiciales, si no les soluciona el conflicto jurídico de fondo que puede tener.  Sin embargo, eso es lo que sí les interesa a las instancias del poder (especialmente a la judicial).  Nadie en sus cinco sentidos, luego de 27 desastrosos años, podría querer que el Consejo Superior de la Judicatura subsista, o al menos que subsista como está.  Eso, salvo a quienes les sirve el poder de ese organismo.

Eso de andar creando y quitando juzgados (por ende, creando y quitando cargos), tener el poder de andar absolviendo o sancionando jueces y fiscales, es una maravilla si sabe administrar el poder.  ¿O acaso en qué sentido posible afecta a la Sala de Casación Penal que creen un juzgado administrativo en Nobsa?  En nada.  Sin embargo, las primeras propuestas que cayeron en la fallida reforma a la justicia de Gloria María Borrero & Cia., fueron las que redistribuían el poder judicial de una manera distinta (mucho más en manos del ejecutivo que de los jueces). La reforma planteada era en sí misma mala, pero más mala que la reforma fue la manera como se desenmascararon los administradores del poder judicial, capaces de tumbar lo que sea con tal de no perder poder.

Triste...


Imagen tomada de: www.elcolombiano.com

Al ciudadano (al verdadero buen ciudadano, y no al tan admirado "vivo"), le interesa que lo protejan, que pueda hacer valer compromisos incumplidos por otros (incluyendo el Estado) de manera eficiente, y que en caso de que no lo protejan o los "vivos" se aprovechen de él, la justicia acuda en su auxilio.  Nada de eso, apreciado ciudadano cumplidor, está en ninguna de estas reformas, porque eso no es lo que les interesa a aquellos administradores del poder que eufemísticamente llamamos "servidores públicos", esos que supuestamente viven apegados al tenor de la ley, pero que a la vez, todo les resbala.


3. Fin de una era:  Bienvenida la política judicializada

En la época del estudio "puro" del derecho, del derecho como un sistema propio y autónomo se sostenía con orgullo que la política poco o nada tenía que ver con el derecho.  Progresivamente se vino sosteniendo que el derecho y la política sí confluían y que en momentos tenían puntos de encuentro.  Sin embargo, el 2018 demostró que esa máscara purista del derecho tenía que caer.  En Colombia, ello era evidente desde hace mucho tiempo, pero el discurso formal seguía manejándose como si en efecto, la labor de técnica legislativa fuese algo distinto de la labor política de los legisladores, así como si la función de administración de justicia fuese algo distinto que la opinón política personal de los juzgadores.

Ya en nuestro entorno habíamos venido escuchando campanazos en dos momentos: Cuando la Corte Suprema y la Corte Constitucional valientemente le hacía oposición al apetito insaciable de poder de Álvaro Uribe.  En tiempos más recientes, recuerdo cómo el Magistrado Bernal Pulido (de la Corte Constitucional) pasó de ser un brillante académico digno del cargo, a ser un traidor al entonces Presidente Santos, todo ello por un voto en temas relacionados con el proceso de paz.  El simple hecho de llamarlo traidor presuponía que le debía obediencia política a Santos; sea o no cierto, implicaba la politización de la nominación.


Imagen tomada de: www.csspmspk.com

En Estados Unidos, siempre ha sido mucho más frentero el tema de que los jueces hacen política a través de sus fallos, y por ello la posiblidad de designar Magistrados de cada Gobierno siempre plantea el tema de saber si será una Corte más liberal o más conservadora dependiendo de si se trata de un Magistrado propuesto por un gobierno demócrata o por un gobierno republicano.  El último de esos bastiones de lo que algunos llaman magistrados impredecibles, y que personalmente considero un magistrado autónomo, fue el Magistrado Anthony Kennedy.  Su voto era un voto que no era fácil de saber, y que dependía en gran medida del caso mismo.

Jueces como Kennedy hacen insoportable la labor periodística judicial y la cabalística de los abogados analistas y comentadores, porque los saca del juego del 5-4 o 6-3 al que están acostumbrados, para tener que genuinamente mirar qué es lo que se está dicieno y por qué.  Esa predicibilidad no es necesariamente mala cuando se basa en posturas jurídicas claras, pero cuando es motivada por razones políticas sí.  Recordando la reciente designación del Juez Kavanaugh en los Estados Unidos como miembro de la Corte Suprema de Justicia, a la cual me referí en "Las enseñanzas del caso Kavanaugh", debemos recordar que toda el proceso de confirmación ante el Senado se convirtió en una intervención política sobre lo que debía ser una discusión ética, y especialmente jurídica-penal.

Su confirmación, su triunfo, en la Corte Suprema del país más influyente en la cultura occidental, simplemente nos reconfirma aquello que ya intuíamos: la justicia es tan solo un aspecto más de la política.  Y aquí, no es muy distinto...
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